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		<title>Informe sobre Segovia 21</title>
		<link>http://www.cuadernosciudadanos.net/Carlos_Carrasco_Munoz_de_Vera</link>
		<description>Este cuaderno se crea para contrarrestar La Ley del Silencio impuesta desde la Caja Segovia sobre este bochornoso asunto en el que la Diputaci&#243;n Provincial ha perdido ya unos CUATRO MIL MILLONES de las antiguas pesetas, los mismos que se han llevado </description>
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			<title>Tasaciones sucesivas de la finca</title>
			<link>http://segovia.cuadernosciudadanos.net/Carlos_Carrasco_Munoz_de_Vera/2008/03/05/tasaciones-sucesivas-de-la-finca/</link>
			<pubDate>Wed, 05 Mar 2008 09:44:25 +0000</pubDate>
						<category domain="main">General</category>			<guid isPermaLink="false">44914@http://www.cuadernosciudadanos.net</guid>
			<description>SEGOVIA 21: EXPEDIENTE DE ENAJENACI&#211;N: TASACIONES SUCESIVAS DE LA FINCA QUITAPESARES:PRIMERA FASE DE LA ENAJENACI&#211;N: 25 HAS.La enajenaci&#243;n se produce el 25 de julio de 2002.Tasaci&#243;n de TINSA. -TINSA, Tasaciones Inmobiliarias, S.A. es una sociedad creada por la Confederaci&#243;n de Cajas de Ahorros y otras 36 Cajas de Ahorro.D. Adolfo Moreno Yuste, Arquitecto. Se firma el 17/10/2001 por importe de 6.339.228,54 &#8364; (1.054.758.880 ptas), a raz&#243;n de 4.216 ptas/m2. Poco despu&#233;s se firmar&#225; el 4 de diciembre de 2001 un convenio entre Diputaci&#243;n  y C&#225;mara de Comercio sobre proyecto &#250;nico con &#225;rea residencial para autofinanciar el proyecto.La normativa vigente eran las NNSS de Palazuelos de Eresma de 1980. &#8220;Urbanizable programado&#8221;Citas directas:&#8220;El valor de tasaci&#243;n queda condicionado a la reclasificaci&#243;n del terreno valorado como Suelo Urbanizable Programado Tipo 1&#8221;&#8220;El tasador no ha dispuesto de Documento acreditativo del Aprovechamiento Susceptible de Apropiaci&#243;n emitido por el Ayuntamiento. Los par&#225;metros urban&#237;sticos se han obtenido mediante consulta de los documentos del planeamiento y/o consulta verbal a los servicios del Ayuntamiento, pero recomendamos que se solicite un certificado al Ayuntamiento.&#8221; &#8220;No se ha cumplido completamente la Normativa del Mercado Hiptecario porque no ha sido posible visitar interiormente el inmueble&#8221;. M&#233;todos utilizados: Residual din&#225;mico y del valor residual.Superficie de 250.180 m2 (25 Has)&#8220;Las comunicaciones interurbanas pueden considerarse malas&#8221; Condiciones urban&#237;sticas consideradas:Hip&#243;tesis del producto inmobiliario a desarrollar sobre el terreno valorado para el c&#225;lculo del V.Residual:Parcela m&#237;nima de 350 m2. 75.054 m2 de ocupaci&#243;n en planta. Tras cesiones 10 % quedan 67.549 m2.Superficie parcelable tras cesiones: 217.657 m2Parcelas posibles: 217.657/500 m2= 435 parcelas.&#8220;67.549 m2 edificables/435 parcelas = 155 m2 construidos en planta + aprovechamiento bajo cubierta (teniendo en cuenta la edificabilidad) ser&#237;an 192 m2.Se plantea la hip&#243;tesis de 435 viviendas de 192 m2 sobre rasante como mayor y mejor uso.&#8221; Superficie edificable m&#225;xima: 435 x 192 m2 = 83.520 m2.Viviendas adosadas 23.328 m2Viviendas unifamiliares: 51,840 m2Valoraci&#243;n efectuada por VALTECNIC, Sociedad de Tasaci&#243;n.-Valor de tasaci&#243;n: 6.231.388,67 &#8364;Visita 30 mayo 2002Fecha de emisi&#243;n : 2 de julio de 2002.-M&#233;todo: Residual din&#225;mico.Situaci&#243;n urban&#237;stica:Clasificaci&#243;n urban&#237;stica: Suelo urbanizable Tipo I; Dotaciones provinciales. Conforme NNSS de 1980.Adjunta informe Arquitecto municipal de fecha 21 de junio de 2002, que transcribe: &#8220;en la actualidad se est&#225; realizando un estudio, que permita establecer las previsiones de diversas dotaciones urban&#237;sticas en la zona&#8221; Uso: Hospitalario y Deportivo o recreativo social.Calificaci&#243;n urban&#237;stica y edificabilidad:En NNSS 1980: &#8220;Uso hospitalario, servicios de dicha Entidad (Diputaci&#243;n Provincial) y Zona de Experimentaci&#243;n ganadera&#8221;.&#8220;Al objeto de la valoraci&#243;n y teniendo en cuenta el objeto de promoci&#243;n provincial que la Diputaci&#243;n debe llevar a cabo con sus bienes, dado se ha optado como un uso m&#225;s probable, el de Residencia unifamiliar en fila, y teniendo en cuenta un Objeto Social acorde con el uso de tipo dotacional, se propone la realizaci&#243;n de viviendas de VPO, con las siguientes condiciones de volumen:&#8221;  Car&#225;cter del Suelo: urbanizable tipo 1Condiciones de volumenOcupaci&#243;n m&#225;xima: 30% en unifamiliares en filaParcela m&#237;nima: 350 m2 en unifamiliares en filaAltura m&#225;xima: m&#237;nimo 1 planta y/o 4 m. m&#225;ximoEdificabilidad m&#225;xima: 1,00 m2Densidad m&#225;xima: 50 viviendas/ha.Con estos par&#225;metros se podr&#225;n ejecutar un total de 584 viviendas de P.O., con una superficie &#250;til de 90 m2, correspondientes a 108 m2 construidos, distribuidos en una sola planta. (por tanto el margen de beneficios esperado es menor)El m&#243;dulo aplicar es de 873,27 &#8364;/m2. En folio 473 dice 727,73 &#8364;/m2 para esta zona.Una vez calculado el valor del suelo se le aplicar&#225; el coeficiente del 0,8 (en negrita en el original) Hip&#243;tesis de trabajo:Superficie parcelable: 212.653 m2 (deducidas cesiones a viales)VPO 3 metros altura a 1m3/m2/3 m planta= 0,33 m2/m2Aprovechamiento medio. 212.653 m2 x 0,33 m2/m2 = 70.175,49 m2Cesi&#243;n 10 % queda = 63.157,94 m2/ 108 m2= 584 elementosSuperficie construida total a edificar: 584 x 108 m2 = 63.072 m2.Valor del terreno:&#8220;Por tanto el valor del terreno asciende a 7.789.235,84 &#8364;&#8221;Al tratarse de VPO aplica coeficiente de homogeneizaci&#243;n del 0,8 en funci&#243;n del uso permitido por el planeamiento vigente.Valor del suelo: valor del suelo Uso m&#225;s frecuente x Coeficiente (0,8) = 6.231.388,67 &#8364;.Realidad del Plan Parcial aprobado para esta zona.-Calificaci&#243;n urban&#237;stica: 1.2.3. (p&#225;g 14 bop 23-9-05): Empresarial tecnol&#243;gico.Edificabilidad de 125.459,05 m2 en 39 parcelas. Coeficiente ponderaci&#243;n 1,00; viviendas Cp=0,60. 408 viviendas1.2.4. comercial y de ocio: edificabilidad: 37.675 m2.1.2.5. Sistema hotelero: edificabilidad: 13.649,04 m2 Total edificabilidad: 176.783,09 m2 (menos 10%) -  17.678,30 =159.104,79 m2.Comparaci&#243;n de datos tenidos en cuenta: Tinsa, Valtecnic y plan parcial aprobado:1.-Edificabilidad asignada en cada hip&#243;tesis:	TINSA				VALTECNIC			PLAN PARCIAL 83.520 m2 (viv ados unif)	63.072 m2 (v.p.o.unif fila)	159.104,79 m2 (empr,com h)	2.- Valoraci&#243;n realizada:6.339.228,54 &#8364;		6.231.388,67 &#8364; vpo (PAGADO)				7.789.235 &#8364; no vpo3.- Precio del m2 construido:				 98,80 &#8364;/m2 vpo75,90 &#8364;/m2c			123,50 &#8364;/m2 no vpo			19.649.441 &#8364; Diferencia entre valor 19.649.441 y 6.231.388,67 &#8364;= 13.418.053 &#8364; (quebranto econ&#243;mico m&#237;nimo en esta  1&#170; operaci&#243;n)En valores de la propia fecha de tasaci&#243;n.SEGUNDA FASE DE LA ENAJENACI&#211;N: 18 HAS.TINSA 18 has. 4/4/2003. Docs 317 a 352 tomo II.Valor final 8.485.200&#8364;.M&#233;todo de valor residual, visita al interior del inmueble. Suelo urbanizable programado.Tampoco se ha dispuesto de documento acreditativo del Aprovechamiento susceptible de Apropiaci&#243;n. Recomienda que se solicite un certificado al Ayuntamiento.. Par&#225;metros urban&#237;sticos obtenidos mediante consulta  de los documentos del planeamiento y/o consulta verbal a los servicios del Ayuntamiento.&#8220;En la actualidad el terreno se encuentra clasificado como de Dotaci&#243;n Provincial. Los datos urban&#237;sticos referenciados en la valoraci&#243;n corresponden a la hip&#243;tesis de reclasificaci&#243;n a Suelo urbanizable programado Tipo I&#8221; &#8220;Esta valoraci&#243;n no ha sido realizada de acuerdo con la Normativa del Mercado Hipotecario&#8221; Hip&#243;tesis del producto inmobiliario:180.000 m2 terreno apto para urbanizar, urbanizable Tipo I.viviendas unifamiliares, parcela m&#237;nima 350 m2. Cesi&#243;n viales, etc 45.000 m2..135.000 m2 para uso residencial, dotacional ELUP. Cesi&#243;n dotacional y elup 15.882 m2.Superficie residencial 119.118 m2.Superficie m&#225;xima edificable: 119.118/3,00= 39.706 m2 sobre rasante y 20.400 m2 para garajes de 60 m2.Parcelas de 350,35 m2. Total 340 viviendas, menos el 10 por 100 uso lucrativo para el Ayuntamiento. Cuatro fases.1&#170; fase viviendas adosadas 14.142 m2, 80 viviendas2&#170;, 3 y 4&#170; viviendas unifamiliares: 39.951,48 m2. : 226 viviendasTotal: 54.093 m2 y 306 viviendas con garaje (2/3 se asgnan a vivienda y el resto a garaje)Valor unitario del terreno: 47,14 &#8364;/m2VALTECNIC:18 HAS13 FEBRERO 2004Valor 7.072.998 &#8364;El documento es similar al de la primera enajenaci&#243;n en cuanto a documentaci&#243;n y observaciones.Hip&#243;tesis de trabajo :420 V.P.O. de 108 m2 construidos en una planta,con m&#243;dulo de 890,75 &#8364;/m2.Uso dotacional, apto para VPO. Se aplica el coeficiente del 0,8 sobre la tasaci&#243;n final.180.000 m2, vivienda unifamiliar en fila-adosada de 108 m2 en parcelas de 350 m2.Superficie sonstruida total a edificar, deducidas las cesiones del 10%= 45.360 M2.Valor del terreno: 8.841.248,17 &#8364;Reducci&#243;n por V.P.O. coeficiente 0,8, valor final= 7.072.988,54 &#8364;REALIDAD DEL PLAN PARCIAL APROBADO para esta zona:Vivienda unifamiliar aislada: 80 viviendas  = 66.447,02 m2 de superficie y edificabilidad de 23.256,46 m2Residencial jard&#237;n, vivienda plurifamiliar en bloque: 40.219,97 m2 superficie y edificabilidad de 36.000 m2. y cabida m&#225;xima de 328 viviendas..Total edificabilidad descontada la cesi&#243;n 10% = 53.330,82&#8364;Comparaci&#243;n de datos tenidos en cuenta: Tinsa, Valtecnic y plan parcial aprobado:1.-Edificabilidad asignada en cada hip&#243;tesis:	TINSA				VALTECNIC			PLAN PARCIAL 54.093 m2 (viv ados unif)	45.360 m2 (v.p.o.unif fila)	53.330,82 m2 (empr,com h)	2.- Valoraci&#243;n realizada:8.485.200 &#8364; (pagado)		7.072.988,54 &#8364; (vpo)				 8.841.248,17 &#8364; (no vpo3.- Precio del m2 construido:				155,93 &#8364;/m2 vpo156,86 &#8364;/m2c			194,91  &#8364;/m2 no vpo		       10.394.710 &#8364; Diferencia entre valor 10.394.710 y 8.485.200 &#8364;= 1.909.510 &#8364; (quebranto econ&#243;mico m&#237;nimo en esta 2&#170; operaci&#243;n)TERCERA FASE DE LA ENAJENACI&#211;N.-Para campo de Golf con 2.000 m2 de edificabilidad.TINSA60 has aproxFecha de 13 mayo 2005Sin c&#233;dula urban&#237;stica, utiliza la modificaci&#243;n NNSS y plan parcial quitapesares aprobado.M&#233;todo del valor residual y compara con fincas r&#250;sticas.Valor asignado: 2.129.106 &#8364;.VALTECNICFecha 5 octubre 2005, con plan parcial publicado.&#8220;No se ha dispuesto del Proyecto del Campo de Golf de 18 hoyos El aporte de agua es insuficiente y la depuraci&#243;n es bastante incompleta.Considera la fina en Nivel II de la Orden de valoraci&#243;n de 2003 (consideramos existe error, corresponde nivel I, pues s&#237; est&#225; dentro del Plan parcial).Valoraci&#243;n 1.800.739 &#8364;Realidad del Plan Parcial.-Al tratarse de una &#250;nica operaci&#243;n urban&#237;stica en la que existen usos complementarios, el campo de golf produce un efecto multiplicador sobre el valor de lo edificado en su zona de influencia inmediata.En efecto, es com&#250;nmente asignado un incremento de  valor de hasta un 20 por ciento a la actuaci&#243;n.El Pa&#237;s, viernes 27 de abril de 2007, &#8220;propiedades&#8221;, especial playas, p&#225;gina 4.:&#8220;La diferencia de precios entre una vivienda con golf y otra si &#233;l puede llegar al 20 %, seg&#250;n Eduardo Serra, de Cohispania&#8221;D. Eduardo Serra Gesta, es Director de la Compa&#241;&#237;a Hispania de Tasaciones y Valoraciones, S.A., tfno 901-307-00-35. (Obtenido de su p&#225;gina web.)Si asignamos de forma prudente un incremento del 15 % sobre el valor demostrado m&#225;s arriba a la edificabilidad total, tendremos:19.649.441 &#8364; + 10.394.710 &#8364; = 30.044.415 &#8364; x 15% = 4.506.622 &#8364;  por  incremento de valor inducido2.000 m2 x 194,91 &#8364;/m2 = 389.820 &#8364; de valor de la edificabilidad.CONCLUSIONESPrimera.- el valor  m&#237;nimo de la finca completa por aplicaci&#243;n del precio del m2 construible asignado por Valtecnic en sus propias valoraciones, m&#225;s el 15 % de repercusi&#243;n del campo de golf ser&#237;a el siguiente:19.649.441 &#8364; + 10.394.710 &#8364; + 4.506.622 &#8364; + 389.820 &#8364; = 34.940.857 &#8364; Precio obtenido de las tres ventas: 16.845.700 &#8364;Diferencia o quebranto econ&#243;mico m&#237;nimo del conjunto: 18.095.157 &#8364;DIECIOCHO MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE EUROS.Segunda: TINSA estaba incapacitada para realizar la valoraci&#243;n, pues se producia confusi&#243;n de intereses, dado que:-	El Secretario General de Caja Segovia lo es tambi&#233;n de TINSA y de Segovia 21, S.A.-	El Presidente de la Diputaci&#243;n lo es de Caja Segovia y de Segovia, 21 (o Consejero Delegado, despu&#233;s). Caja Segovia participa en Tinsa.Tercera: Quien pudo hacerlo no facilit&#243; la informaci&#243;n adecuada a Valtecnic, S.A. para llevar a cabo una tasaci&#243;n fiable. La Tasaci&#243;n se hizo por un tercio de la edificabilidad; de ah&#237; que el valor de tasaci&#243;n sea de un tercio en la 1&#170; y 2&#170; enajenaci&#243;n. Adem&#225;s el c&#225;lculo se hizo como si el destino fueran viviendas de protecci&#243;n oficial, en lugar de una urbanizaci&#243;n de lujo (que incluye un hotel de cinco estrellas).Cuarta: Ser&#225; preciso llevar a cabo las comprobaciones adecuadas y la determinaci&#243;n de las personas responsables del encargo, informaci&#243;n y aprobaci&#243;n de las tasaciones.</description>
			<content:encoded><![CDATA[SEGOVIA 21: EXPEDIENTE DE ENAJENACI&#211;N: TASACIONES SUCESIVAS DE LA FINCA QUITAPESARES:<br><br><br>PRIMERA FASE DE LA ENAJENACI&#211;N: 25 HAS.<br><br>La enajenaci&#243;n se produce el 25 de julio de 2002.<br><br><br>Tasaci&#243;n de TINSA. -<br><br>TINSA, Tasaciones Inmobiliarias, S.A. es una sociedad creada por la Confederaci&#243;n de Cajas de Ahorros y otras 36 Cajas de Ahorro.<br><br>D. Adolfo Moreno Yuste, Arquitecto. <br><br>Se firma el 17/10/2001 por importe de 6.339.228,54 &#8364; (1.054.758.880 ptas), a raz&#243;n de 4.216 ptas/m2. <br><br>Poco despu&#233;s se firmar&#225; el 4 de diciembre de 2001 un convenio entre Diputaci&#243;n  y C&#225;mara de Comercio sobre proyecto &#250;nico con &#225;rea residencial para autofinanciar el proyecto.<br><br>La normativa vigente eran las NNSS de Palazuelos de Eresma de 1980. &#8220;Urbanizable programado&#8221;<br>Citas directas:<br>&#8220;El valor de tasaci&#243;n queda condicionado a la reclasificaci&#243;n del terreno valorado como Suelo Urbanizable Programado Tipo 1&#8221;<br>&#8220;El tasador no ha dispuesto de Documento acreditativo del Aprovechamiento Susceptible de Apropiaci&#243;n emitido por el Ayuntamiento. Los par&#225;metros urban&#237;sticos se han obtenido mediante consulta de los documentos del planeamiento y/o consulta verbal a los servicios del Ayuntamiento, pero recomendamos que se solicite un certificado al Ayuntamiento.&#8221; <br>&#8220;No se ha cumplido completamente la Normativa del Mercado Hiptecario porque no ha sido posible visitar interiormente el inmueble&#8221;. <br><br>M&#233;todos utilizados: Residual din&#225;mico y del valor residual.<br>Superficie de 250.180 m2 (25 Has)<br><br>&#8220;Las comunicaciones interurbanas pueden considerarse malas&#8221; <br><br>Condiciones urban&#237;sticas consideradas:<br><br>Hip&#243;tesis del producto inmobiliario a desarrollar sobre el terreno valorado para el c&#225;lculo del V.Residual:<br><br>Parcela m&#237;nima de 350 m2. <br>75.054 m2 de ocupaci&#243;n en planta. Tras cesiones 10 % quedan 67.549 m2.<br>Superficie parcelable tras cesiones: 217.657 m2<br>Parcelas posibles: 217.657/500 m2= 435 parcelas.<br>&#8220;67.549 m2 edificables/435 parcelas = 155 m2 construidos en planta + aprovechamiento bajo cubierta (teniendo en cuenta la edificabilidad) ser&#237;an 192 m2.<br>Se plantea la hip&#243;tesis de 435 viviendas de 192 m2 sobre rasante como mayor y mejor uso.&#8221; <br><br>Superficie edificable m&#225;xima: 435 x 192 m2 = 83.520 m2.<br><br>Viviendas adosadas 23.328 m2<br>Viviendas unifamiliares: 51,840 m2<br><br><br>Valoraci&#243;n efectuada por VALTECNIC, Sociedad de Tasaci&#243;n.-<br><br>Valor de tasaci&#243;n: 6.231.388,67 &#8364;<br>Visita 30 mayo 2002<br>Fecha de emisi&#243;n : 2 de julio de 2002.-<br>M&#233;todo: Residual din&#225;mico.<br><br>Situaci&#243;n urban&#237;stica:<br>Clasificaci&#243;n urban&#237;stica: Suelo urbanizable Tipo I; Dotaciones provinciales. Conforme NNSS de 1980.<br>Adjunta informe Arquitecto municipal de fecha 21 de junio de 2002, que transcribe: &#8220;en la actualidad se est&#225; realizando un estudio, que permita establecer las previsiones de diversas dotaciones urban&#237;sticas en la zona&#8221; <br><br>Uso: Hospitalario y Deportivo o recreativo social.<br><br>Calificaci&#243;n urban&#237;stica y edificabilidad:<br>En NNSS 1980: &#8220;Uso hospitalario, servicios de dicha Entidad (Diputaci&#243;n Provincial) y Zona de Experimentaci&#243;n ganadera&#8221;.<br><br>&#8220;Al objeto de la valoraci&#243;n y teniendo en cuenta el objeto de promoci&#243;n provincial que la Diputaci&#243;n debe llevar a cabo con sus bienes, dado se ha optado como un uso m&#225;s probable, el de Residencia unifamiliar en fila, y teniendo en cuenta un Objeto Social acorde con el uso de tipo dotacional, se propone la realizaci&#243;n de viviendas de VPO, con las siguientes condiciones de volumen:&#8221;  <br><br>Car&#225;cter del Suelo: urbanizable tipo 1<br>Condiciones de volumen<br>Ocupaci&#243;n m&#225;xima: 30% en unifamiliares en fila<br>Parcela m&#237;nima: 350 m2 en unifamiliares en fila<br>Altura m&#225;xima: m&#237;nimo 1 planta y/o 4 m. m&#225;ximo<br>Edificabilidad m&#225;xima: 1,00 m2<br>Densidad m&#225;xima: 50 viviendas/ha.<br><br>Con estos par&#225;metros se podr&#225;n ejecutar un total de 584 viviendas de P.O., con una superficie &#250;til de 90 m2, correspondientes a 108 m2 construidos, distribuidos en una sola planta. (por tanto el margen de beneficios esperado es menor)<br>El m&#243;dulo aplicar es de 873,27 &#8364;/m2. En folio 473 dice 727,73 &#8364;/m2 para esta zona.<br><br>Una vez calculado el valor del suelo se le aplicar&#225; el coeficiente del 0,8 (en negrita en el original) <br><br><br>Hip&#243;tesis de trabajo:<br><br>Superficie parcelable: 212.653 m2 (deducidas cesiones a viales)<br><br>VPO 3 metros altura a 1m3/m2/3 m planta= 0,33 m2/m2<br>Aprovechamiento medio. 212.653 m2 x 0,33 m2/m2 = 70.175,49 m2<br>Cesi&#243;n 10 % queda = 63.157,94 m2/ 108 m2= 584 elementos<br><br>Superficie construida total a edificar: 584 x 108 m2 = 63.072 m2.<br><br>Valor del terreno:<br><br>&#8220;Por tanto el valor del terreno asciende a 7.789.235,84 &#8364;&#8221;<br><br>Al tratarse de VPO aplica coeficiente de homogeneizaci&#243;n del 0,8 en funci&#243;n del uso permitido por el planeamiento vigente.<br><br>Valor del suelo: valor del suelo Uso m&#225;s frecuente x Coeficiente (0,8) = 6.231.388,67 &#8364;.<br><br>Realidad del Plan Parcial aprobado para esta zona.-<br><br>Calificaci&#243;n urban&#237;stica: 1.2.3. (p&#225;g 14 bop 23-9-05): Empresarial tecnol&#243;gico.<br><br>Edificabilidad de 125.459,05 m2 en 39 parcelas. <br>Coeficiente ponderaci&#243;n 1,00; <br>viviendas Cp=0,60. 408 viviendas<br><br>1.2.4. comercial y de ocio: edificabilidad: 37.675 m2.<br><br>1.2.5. Sistema hotelero: edificabilidad: 13.649,04 m2 <br><br>Total edificabilidad: 176.783,09 m2 (menos 10%) -  17.678,30 =159.104,79 m2.<br><br><br><br>Comparaci&#243;n de datos tenidos en cuenta: Tinsa, Valtecnic y plan parcial aprobado:<br><br>1.-Edificabilidad asignada en cada hip&#243;tesis:<br><br>	TINSA				VALTECNIC			PLAN PARCIAL <br><br>83.520 m2 (viv ados unif)	63.072 m2 (v.p.o.unif fila)	159.104,79 m2 (empr,com h)	<br><br>2.- Valoraci&#243;n realizada:<br><br>6.339.228,54 &#8364;		6.231.388,67 &#8364; vpo (PAGADO)<br>				7.789.235 &#8364; no vpo<br><br>3.- Precio del m2 construido:<br>				 98,80 &#8364;/m2 vpo<br>75,90 &#8364;/m2c			123,50 &#8364;/m2 no vpo			19.649.441 &#8364; <br><br>Diferencia entre valor 19.649.441 y 6.231.388,67 &#8364;= 13.418.053 &#8364; (quebranto econ&#243;mico m&#237;nimo en esta  1&#170; operaci&#243;n)<br><br>En valores de la propia fecha de tasaci&#243;n.<br><br><br><br><br>SEGUNDA FASE DE LA ENAJENACI&#211;N: 18 HAS.<br><br>TINSA<br><br> 18 has. <br>4/4/2003. <br>Docs 317 a 352 tomo II.<br>Valor final 8.485.200&#8364;.<br><br>M&#233;todo de valor residual, visita al interior del inmueble. Suelo urbanizable programado.<br>Tampoco se ha dispuesto de documento acreditativo del Aprovechamiento susceptible de Apropiaci&#243;n. Recomienda que se solicite un certificado al Ayuntamiento.. Par&#225;metros urban&#237;sticos obtenidos mediante consulta  de los documentos del planeamiento y/o consulta verbal a los servicios del Ayuntamiento.<br>&#8220;En la actualidad el terreno se encuentra clasificado como de Dotaci&#243;n Provincial. Los datos urban&#237;sticos referenciados en la valoraci&#243;n corresponden a la hip&#243;tesis de reclasificaci&#243;n a Suelo urbanizable programado Tipo I&#8221; <br><br>&#8220;Esta valoraci&#243;n no ha sido realizada de acuerdo con la Normativa del Mercado Hipotecario&#8221; <br><br>Hip&#243;tesis del producto inmobiliario:<br><br>180.000 m2 terreno apto para urbanizar, urbanizable Tipo I.viviendas unifamiliares, parcela m&#237;nima 350 m2. Cesi&#243;n viales, etc 45.000 m2..<br>135.000 m2 para uso residencial, dotacional ELUP. Cesi&#243;n dotacional y elup 15.882 m2.<br>Superficie residencial 119.118 m2.<br>Superficie m&#225;xima edificable: 119.118/3,00= 39.706 m2 sobre rasante y 20.400 m2 para garajes de 60 m2.<br>Parcelas de 350,35 m2. Total 340 viviendas, menos el 10 por 100 uso lucrativo para el Ayuntamiento. Cuatro fases.<br>1&#170; fase viviendas adosadas 14.142 m2, 80 viviendas<br>2&#170;, 3 y 4&#170; viviendas unifamiliares: 39.951,48 m2. : 226 viviendas<br><br>Total: 54.093 m2 y 306 viviendas con garaje (2/3 se asgnan a vivienda y el resto a garaje)<br>Valor unitario del terreno: 47,14 &#8364;/m2<br><br>VALTECNIC:<br><br>18 HAS<br>13 FEBRERO 2004<br>Valor 7.072.998 &#8364;<br>El documento es similar al de la primera enajenaci&#243;n en cuanto a documentaci&#243;n y observaciones.<br><br>Hip&#243;tesis de trabajo :<br><br>420 V.P.O. de 108 m2 construidos en una planta,con m&#243;dulo de 890,75 &#8364;/m2.<br>Uso dotacional, apto para VPO. <br>Se aplica el coeficiente del 0,8 sobre la tasaci&#243;n final.<br>180.000 m2, vivienda unifamiliar en fila-adosada de 108 m2 en parcelas de 350 m2.<br>Superficie sonstruida total a edificar, deducidas las cesiones del 10%= 45.360 M2.<br><br>Valor del terreno: 8.841.248,17 &#8364;<br><br>Reducci&#243;n por V.P.O. coeficiente 0,8, valor final= 7.072.988,54 &#8364;<br><br><br>REALIDAD DEL PLAN PARCIAL APROBADO para esta zona:<br><br>Vivienda unifamiliar aislada: 80 viviendas  = 66.447,02 m2 de superficie y edificabilidad de 23.256,46 m2<br><br>Residencial jard&#237;n, vivienda plurifamiliar en bloque: 40.219,97 m2 superficie y edificabilidad de 36.000 m2. y cabida m&#225;xima de 328 viviendas..<br><br>Total edificabilidad descontada la cesi&#243;n 10% = 53.330,82&#8364;<br><br><br><br>Comparaci&#243;n de datos tenidos en cuenta: Tinsa, Valtecnic y plan parcial aprobado:<br><br>1.-Edificabilidad asignada en cada hip&#243;tesis:<br><br>	TINSA				VALTECNIC			PLAN PARCIAL <br><br>54.093 m2 (viv ados unif)	45.360 m2 (v.p.o.unif fila)	53.330,82 m2 (empr,com h)	<br><br>2.- Valoraci&#243;n realizada:<br><br>8.485.200 &#8364; (pagado)		7.072.988,54 &#8364; (vpo)<br>				 8.841.248,17 &#8364; (no vpo<br><br>3.- Precio del m2 construido:<br>				155,93 &#8364;/m2 vpo<br>156,86 &#8364;/m2c			194,91  &#8364;/m2 no vpo		       10.394.710 &#8364; <br><br>Diferencia entre valor 10.394.710 y 8.485.200 &#8364;= 1.909.510 &#8364; (quebranto econ&#243;mico m&#237;nimo en esta 2&#170; operaci&#243;n)<br><br><br><br><br>TERCERA FASE DE LA ENAJENACI&#211;N.-<br><br>Para campo de Golf con 2.000 m2 de edificabilidad.<br><br>TINSA<br><br>60 has aprox<br>Fecha de 13 mayo 2005<br>Sin c&#233;dula urban&#237;stica, utiliza la modificaci&#243;n NNSS y plan parcial quitapesares aprobado.<br>M&#233;todo del valor residual y compara con fincas r&#250;sticas.<br><br>Valor asignado: 2.129.106 &#8364;.<br><br>VALTECNIC<br><br>Fecha 5 octubre 2005, con plan parcial publicado.<br>&#8220;No se ha dispuesto del Proyecto del Campo de Golf de 18 hoyos <br>El aporte de agua es insuficiente y la depuraci&#243;n es bastante incompleta.<br>Considera la fina en Nivel II de la Orden de valoraci&#243;n de 2003 (consideramos existe error, corresponde nivel I, pues s&#237; est&#225; dentro del Plan parcial).<br><br>Valoraci&#243;n 1.800.739 &#8364;<br><br>Realidad del Plan Parcial.-<br><br>Al tratarse de una &#250;nica operaci&#243;n urban&#237;stica en la que existen usos complementarios, el campo de golf produce un efecto multiplicador sobre el valor de lo edificado en su zona de influencia inmediata.<br><br>En efecto, es com&#250;nmente asignado un incremento de  valor de hasta un 20 por ciento a la actuaci&#243;n.<br><br>El Pa&#237;s, viernes 27 de abril de 2007, &#8220;propiedades&#8221;, especial playas, p&#225;gina 4.:<br>&#8220;La diferencia de precios entre una vivienda con golf y otra si &#233;l puede llegar al 20 %, seg&#250;n Eduardo Serra, de Cohispania&#8221;<br><br>D. Eduardo Serra Gesta, es Director de la Compa&#241;&#237;a Hispania de Tasaciones y Valoraciones, S.A., tfno 901-307-00-35. (Obtenido de su p&#225;gina web.)<br><br>Si asignamos de forma prudente un incremento del 15 % sobre el valor demostrado m&#225;s arriba a la edificabilidad total, tendremos:<br><br><br>19.649.441 &#8364; + 10.394.710 &#8364; = 30.044.415 &#8364; x 15% = 4.506.622 &#8364;  por  incremento de valor inducido<br><br>2.000 m2 x 194,91 &#8364;/m2 = 389.820 &#8364; de valor de la edificabilidad.<br><br><br><br><br>CONCLUSIONES<br><br>Primera.- el valor  m&#237;nimo de la finca completa por aplicaci&#243;n del precio del m2 construible asignado por Valtecnic en sus propias valoraciones, m&#225;s el 15 % de repercusi&#243;n del campo de golf ser&#237;a el siguiente:<br><br>19.649.441 &#8364; + 10.394.710 &#8364; + 4.506.622 &#8364; + 389.820 &#8364; = 34.940.857 &#8364; <br><br>Precio obtenido de las tres ventas: 16.845.700 &#8364;<br><br>Diferencia o quebranto econ&#243;mico m&#237;nimo del conjunto: 18.095.157 &#8364;<br>DIECIOCHO MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE EUROS.<br><br>Segunda: TINSA estaba incapacitada para realizar la valoraci&#243;n, pues se producia confusi&#243;n de intereses, dado que:<br><br>-	El Secretario General de Caja Segovia lo es tambi&#233;n de TINSA y de Segovia 21, S.A.<br>-	El Presidente de la Diputaci&#243;n lo es de Caja Segovia y de Segovia, 21 (o Consejero Delegado, despu&#233;s). Caja Segovia participa en Tinsa.<br><br>Tercera: Quien pudo hacerlo no facilit&#243; la informaci&#243;n adecuada a Valtecnic, S.A. para llevar a cabo una tasaci&#243;n fiable. La Tasaci&#243;n se hizo por un tercio de la edificabilidad; de ah&#237; que el valor de tasaci&#243;n sea de un tercio en la 1&#170; y 2&#170; enajenaci&#243;n. Adem&#225;s el c&#225;lculo se hizo como si el destino fueran viviendas de protecci&#243;n oficial, en lugar de una urbanizaci&#243;n de lujo (que incluye un hotel de cinco estrellas).<br><br>Cuarta: Ser&#225; preciso llevar a cabo las comprobaciones adecuadas y la determinaci&#243;n de las personas responsables del encargo, informaci&#243;n y aprobaci&#243;n de las tasaciones.]]></content:encoded>
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			<title>Valoraci&#243;n de la finca de quitapesares</title>
			<link>http://segovia.cuadernosciudadanos.net/Carlos_Carrasco_Munoz_de_Vera/2008/03/05/valoracion-de-la-finca-de-quitapesares/</link>
			<pubDate>Wed, 05 Mar 2008 09:29:51 +0000</pubDate>
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			<description>  AL JUZGADO DE INSTRUCCI&#211;N NUMERO TRES. SEGOVIADiligencias previas 180/2007-D&#170; NURIA GONZALEZ SANTAYO Procuradora de los Tribunales y de D. Carlos Carrasco-Mu&#241;oz de Vera en el expediente rese&#241;ado al margen comparece y como mejor proceda en derecho DICE:Que hemos recibido la tasaci&#243;n realizada por los peritos judiciales de los terrenos de Quitapesares, con la que no podemos estar de acuerdo, ya que difiere enormemente de la misma tasaci&#243;n que realiza la oficina de hacienda de la Junta de Castilla y Le&#243;n, y ponemos un ejemplo. El informe dice que el precio de venta de chalet de la urbanizaci&#243;n Segovia 21 seria de 210,35 &#8364; , cuando la oficina de hacienda de la Junta de Castilla y Le&#243;n da un precio para el chalet edificado en parcela de 750 m2 con 40% de ocupaci&#243;n y aprovechamiento bajo cubierta que es de 636.4 &#8364; m2, textualmente es:Valor de Bienes UrbanosINFORME DE VALOR DE BIENES INMUEBLES URBANOS POR PRECIOS MEDIOS DE MERCADOIDENTIFICACION DEL BIEN Provincia:	40 	 	SEGOVIA 	 Municipio:	155 	 	PALAZUELOS DE ERESMA V&#237;a P&#250;blica: 	96 	 	CR . PALAZUELOS-SAN ILDEFONSO 	N&#186;	5  Tipo del Bien:	 	Unifamiliares Fecha de Referencia de Valor:	 	 27 de julio de 2007  					 					ELEMENTOS Y CARACTERISTICASElemento	Superficie	Calidad	Antig&#252;edad / &#218;lt. Reparaci&#243;n 	Precio Medio Unifamiliar (Chalet, Adosado, ...) 	Sup. Constr.450,00 m 2 	Alta 	0-10 a&#241;os 	583.200,00 Euros Terreno:	Superficie:	750,00 m 2 	Importe:	477.312,00 Euros * Los elementos no llevan incluido el valor del suelo porque ya est&#225; incorporado en el valor del terreno   	Total:	1.060.512,00 Euros 	  METODOLOG&#205;A	Los valores obtenidos por precios medios de mercado se determinan a partir de coeficientes extra&#237;dos seg&#250;n estudios de mercado y formularios de los T&#233;cnicos de Valoraci&#243;n de la Consejer&#237;a de Hacienda. Estos coeficientes se ponderan y actualizan peri&#243;dicamente.			27 de julio del 2007 	  Servicios de valoraci&#243;n por Internet de la Consejer&#237;a de Hacienda de la Junta de Castilla y Le&#243;n 			   			 			El sistema de valor por precios medios proporciona valores est&#225;ndar o tipo. Si usted considera que el bien de referencia tiene caracter&#237;sticas peculiares que no se adecuan a la aplicaci&#243;n del sistema por precios medios, puede solicitar el informe de valor del bien inmueble conforme a lo establecido en los art&#237;culos 49 del Decreto Legislativo 1/2006, de 25 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y Le&#243;n en materia de Tributos Cedidos (B.O.C. y L.- 31-05-2006) y 90 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (B.O.E. de 18-12-2003).			 			Respecto del precio de 1.502, 53 &#8364; m2 dado para la vivienda en bloque,  la estimaci&#243;n de hacienda para el precio medio de la zona de carretera de Palazuelos a San Ildefonso es de 1.889,00 &#8364;, y textualmente es:Valor de Bienes UrbanosInforme de Valor de Bienes Inmuebles Urbanos por Precios Medios de MercadoIDENTIFICACION DEL BIEN Provincia:	40 	 	SEGOVIA 	 Municipio:	155 	 	PALAZUELOS DE ERESMA V&#237;a P&#250;blica: 	96 	 	CR . PALAZUELOS-SAN ILDEFONSO 	N&#186;	5  Tipo del Bien:	 	Pisos, Garajes o Trasteros Fecha de Referencia de Valor:	 	 undefined de de undefined  					 					ELEMENTOS Y CARACTERISTICASElemento	Superficie	Calidad	Antig&#252;edad / &#218;lt. Reparaci&#243;n 	Precio Medio Vivienda Colectiva (Piso) 	Sup. Constr.100,00 m 2 	Alta 	0-10 a&#241;os 	188.960,00 Euros   	Total:	188.960,00 Euros 	  METODOLOG&#205;A	Los valores obtenidos por precios medios de mercado se determinan a partir de coeficientes extra&#237;dos seg&#250;n estudios de mercado y formularios de los T&#233;cnicos de Valoraci&#243;n de la Consejer&#237;a de Hacienda. Estos coeficientes se ponderan y actualizan peri&#243;dicamente.			27 de julio del 2007 	Servicios de valoraci&#243;n por Internet de la Consejer&#237;a de Hacienda de la Junta de Castilla y Le&#243;n			Hemos de dejar constancia de la incre&#237;ble disparidad de precios dados por la Pericial en cuanto al m2 para construcci&#243;n de chalets individuales para los que la pericial da un precio de 96 &#8364; ( dividir el n&#186; de m2 ( 60.000 ) por la cantidad monetaria asignada  a vivienda unifamiliar aislada (5.769.716,10 &#8364; ) contra el valor del terreno dado por la Consejera de Hacienda 636.4 &#8364;, lo que hace que no nos quede m&#225;s remedio de rechazar de plano el informe pericial como invalido.En este servicio de valoraciones de la Consejera de Hacienda de la Junta de Castilla y Le&#243;n  pueden proporcionar al Juzgado la valoraci&#243;n estimada de una finca en la carretera de Segovia- La Granja y el Servicio de Hacienda de la Junta de Castilla y Le&#243;n, Delegaci&#243;n de Segovia, puede proporcionar al Juzgado las transacciones llevadas a cabo en los &#250;ltimos cuatro a&#241;os en la zona de la carretera de Segovia La Granja en  Palazuelos de Eresma, de terrenos sin urbanizar, ya que disponen de esa informaci&#243;n por el impuesto de Transmisiones Patrimoniales, y por tanto tambi&#233;n de una valoraci&#243;n media de los mismos.Hemos de tener en cuenta que t&#233;cnicamente la existencia de un campo de Golf en la urbanizaci&#243;n, hace que los precios se incrementen en un 20%. Lo que haria que el supuesto que contemplamos para edificaci&#243;n en bloque fuese de 2.266,80 &#8364;. Lo que hace que la peritaci&#243;n no sea realista, sobre todo cuando los precios de los terrenos que est&#225;n actualmente a la venta en fincas de las inmediaciones es de 180 .&#8364; / m2 y en ning&#250;n caso de 60 a 72 &#8364;.No obstante le valoraci&#243;n hiporealista que llevan a cabo los peritos, y qued&#225;ndonos con ella como supuesto de trabajo para calcular el perjuicio patrimonial causado a la Diputaci&#243;n de Segovia, repetimos que al precio de 72 &#8364; para el mill&#243;n de metros cuadrados aportados ser&#225; de 72 millones de &#8364; y no los 16.845.700 &#8364; obtenidos seg&#250;n la valoraci&#243;n efectuada en la aportaci&#243;n de capital a la sociedad Segovia 21, que sirvi&#243; para que la Caja de Ahorro de Segovia obtuviese el 10,1% del capital a una valoraci&#243;n de 100&#8364; pot. acci&#243;n, cuando en realidad la acci&#243;n valdr&#237;a 371,84 &#8364;, Esto es un perjuicio de 55.154.300 &#8364; para la totalidad. La peritaci&#243;n tiene una prueba en su contra proporcionada por los propios autores de los cambalaches realizados con la constituci&#243;n y venta accionarial de Segovia 21, y es la venta que ellos mismos hacen del 42% de la edificabilidad en 42 millones de &#8364;, lo que da un valor a la sociedad, sin haber acometido ning&#250;n gasto todav&#237;a, de 100 millones de &#8364;, lo que da un valor a la acci&#243;n de 516,45 &#8364;, con lo que el perjuicio patrimonial para la Diputaci&#243;n es de 416,45 por acci&#243;n, que si bien en un princio es de solamente 78 acciones que compra la Caja Segovia, es lo que sirve para obtener al mismo precio de 100 &#8364; las 9.851 acciones de la primera ampliaci&#243;n de capital, m&#225;s las 3.181 de la segunda ampliaci&#243;n de capital, esto es un total de 13.110 acciones con un perjuicio por acci&#243;n de 416,45, lo que da toral de 5.459.659,5  de &#8364;.de perjuicio para el patrimonio de la Diputaci&#243;n de Segovia.Por supuesto todo esta hecho al margen de la ortodoxia administrativa, ni subasta publica, ni publicidad ni nada.Otra cuesti&#243;n ser&#225; la venta del 33% del accionariado de Segovia 21 a la sociedad Segobrida del Eresma SL que lleva a cabo la Diputaci&#243;n Provincial a la sociedad para la que Caja Segovia, accionista mayoritaria,  otorga un poder veinte d&#237;as despu&#233;s de la ultima ampliaci&#243;n de capital de Segovia 21, de la que es accionista minoritaria&#8221; para constituir una sociedad que tiene como objeto la compra de los terrenos de Segovia 21&#8221; Y ese 33% , que son 63.897 acciones que se venden sin subasta publica, ni publicidad real, representan al precio de 516,45 la cantidad de 32.999.605,65 mientras la Diputaci&#243;n Provincial recibe seg&#250;n la informaci&#243;n de prensa aparecida y no desmentida 13.098.885 &#8364;, lo que supone una perdida patrimonial para la Diputaci&#243;n Provincial de 19.900 720 &#8364; que sumado a la perdida anterior da un total de 25.360.000 &#8364;, lo que traducido a las antiguas pesetas dan un total de CUATROMIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE TRESCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES.Estos son los c&#225;lculos hechos con la valoraci&#243;n que dan los propios accionistas de Segovia 21 contra lo que entendemos que no cabe oposici&#243;n alguna ya que es confesi&#243;n de parte.Si llevamos a cabo las operaciones con los precios reales, esto es de entre 120 a 180 &#8364; el m2 el quebranto se dispara exponencialmente ya que entonces el precio de la acci&#243;n se sit&#250;a en 929, 61 &#8364; con un quebranto por tanto de cada acci&#243;n de 724,61 &#8364; lo que multiplicado por 63.897 acciones se sit&#250;a en un total de 46.300.405,17 &#8364;, que en antiguas pesetas son SIETE MIL MILLONES SETECIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO, EUROS.Todo lo anterior nos lleva a reiterar nuestra petici&#243;n de la declaraci&#243;n del Presidente de la Diputaci&#243;n Provincial y del Sr. Soto Rabanos, que SS pospuso en la providencia de 28 de Mayo pasado.Otra cuesti&#243;n es la de el trafico de influencias entre el Sr. Soto R&#225;banos y el Alcalde de Palazuelos de Eresma que tiene como tel&#243;n de fondo la Diputaci&#243;n Provincial y la Junta de Castilla y Le&#243;n, y que se concreta en la recalificaci&#243;n de terrenos- los de Quitapesares- y la nueva carretera de enlace entre la carretera de La Granja y la de Palazuelos a la de La Granja-Torrecaballeros. Este proyecto de carretera consta de dos tramos. El primero de unos 500 mts esta financiado por la Diputaci&#243;n con fondos FEDER y el resto por la Junta de Castilla y Le&#243;n. El primer tramo est&#225; siendo ejecutado con toda urgencia ( acompa&#241;amos  anuncios de la urgencia en la ocupaci&#243;n de terrenos y pliego de condiciones ) obra que va a llevar a cabo la misma empresa Begar que lleva a cabo la urbanizaci&#243;n de Quitapesares propiedad de J.L. Ulibarri propietario a su vez de TV Segovia , TV Castilla y Le&#243;n y las emisoras de Punto Radio . La urgencia se fundamenta en que &#8220; actualmente el termino municipal queda partido en dos por r&#237;o Eresma&#8221;, no explican si con anterioridad, en el periodo Devonico, estaba sin partir en dos. Es evidente que el objeto fundamental de tanta urgencia es conseguir antes de que este procedimiento este concluido la carretera que no dar&#225; servicio a Palazuelos sino a los Planes Parciales de Pont&#243;n I y II. Entendemos que este procedimiento deber&#237;a ser paralizado preventivamente ya que no existe ni urgencia para conectar el psiqui&#225;trico con la carretera de la Granja, que actualmente esta conectada ni la de unir fraternalmente a las dos partes &#8220;actualmente&#8221; separadas del termino municipal de Palazuelos, y existe &#250;nicamente la urgencia de los hechos consumados, esto es la de la culminaci&#243;n de los efectos de supuesto il&#237;cito, esto es una carretera que no podr&#225; borrar nadie y que pagaremos todos. Por todo elloSOLICITAMOS DEL JUZGADO que teniendo por presentado este escrito lo admita y tenga por hechas las manifestaciones que anteceden, solicitando de la Consejera de Hacienda de la Junta de Castilla y Le&#243;n el precio medio de las trasmisiones de terrenos en el termino municipal de Palazuelos de Eresma en el paraje de la Carretera de La Granja a Segovia en los &#250;ltimos cuatro a&#241;os y paralizando precautoriamente las obras de construcci&#243;n de la carretera de conexi&#243;n de la carretera CL601 y SG 6122 V para que no pueda devenir en el hecho consumado que se esta buscando por parte de los implicados en este procedimiento.Segovia a 30 de julio de 2007.</description>
			<content:encoded><![CDATA[  AL JUZGADO DE INSTRUCCI&#211;N NUMERO TRES. SEGOVIA<br><br><br><br>Diligencias previas 180/2007-<br><br><br>D&#170; NURIA GONZALEZ SANTAYO Procuradora de los Tribunales y de D. Carlos Carrasco-Mu&#241;oz de Vera en el expediente rese&#241;ado al margen comparece y como mejor proceda en derecho DICE:<br><br>Que hemos recibido la tasaci&#243;n realizada por los peritos judiciales de los terrenos de Quitapesares, con la que no podemos estar de acuerdo, ya que difiere enormemente de la misma tasaci&#243;n que realiza la oficina de hacienda de la Junta de Castilla y Le&#243;n, y ponemos un ejemplo. El informe dice que el precio de venta de chalet de la urbanizaci&#243;n Segovia 21 seria de 210,35 &#8364; , cuando la oficina de hacienda de la Junta de Castilla y Le&#243;n da un precio para el chalet edificado en parcela de 750 m2 con 40% de ocupaci&#243;n y aprovechamiento bajo cubierta que es de 636.4 &#8364; m2, textualmente es:<br><br>Valor de Bienes Urbanos<br>INFORME DE VALOR DE BIENES INMUEBLES URBANOS POR PRECIOS MEDIOS DE MERCADO<br>IDENTIFICACION DEL BIEN <br>Provincia:	40 	 	SEGOVIA 	 <br>Municipio:	155 	 	PALAZUELOS DE ERESMA <br>V&#237;a P&#250;blica: 	96 	 	CR . PALAZUELOS-SAN ILDEFONSO 	N&#186;	5 <br> <br>Tipo del Bien:	 	Unifamiliares <br>Fecha de Referencia de Valor:	 	 27 de julio de 2007 <br> 					<br> 					<br>ELEMENTOS Y CARACTERISTICAS<br><br>Elemento	Superficie	Calidad	Antig&#252;edad / &#218;lt. Reparaci&#243;n 	Precio Medio <br>Unifamiliar (Chalet, Adosado, ...) 	Sup. Constr.450,00 m 2 	Alta 	0-10 a&#241;os 	583.200,00 Euros<br><br> Terreno:<br>	Superficie:	750,00 m 2 <br>	Importe:	477.312,00 Euros <br><br><br>* Los elementos no llevan incluido el valor del suelo porque ya est&#225; incorporado en el valor del terreno <br>  	Total:	1.060.512,00 Euros 	 <br> METODOLOG&#205;A	<br>Los valores obtenidos por precios medios de mercado se determinan a partir de coeficientes extra&#237;dos seg&#250;n estudios de mercado y formularios de los T&#233;cnicos de Valoraci&#243;n de la Consejer&#237;a de Hacienda. Estos coeficientes se ponderan y actualizan peri&#243;dicamente.<br>			<br><br>27 de julio del 2007 	<br>  Servicios de valoraci&#243;n por Internet de la Consejer&#237;a de Hacienda de la Junta de Castilla y Le&#243;n 			<br>   			<br> 			<br>El sistema de valor por precios medios proporciona valores est&#225;ndar o tipo. Si usted considera que el bien de referencia tiene caracter&#237;sticas peculiares que no se adecuan a la aplicaci&#243;n del sistema por precios medios, puede solicitar el informe de valor del bien inmueble conforme a lo establecido en los art&#237;culos 49 del Decreto Legislativo 1/2006, de 25 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y Le&#243;n en materia de Tributos Cedidos (B.O.C. y L.- 31-05-2006) y 90 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (B.O.E. de 18-12-2003).			<br> 			<br><br><br><br>Respecto del precio de 1.502, 53 &#8364; m2 dado para la vivienda en bloque,  la estimaci&#243;n de hacienda para el precio medio de la zona de carretera de Palazuelos a San Ildefonso es de 1.889,00 &#8364;, y textualmente es:<br><br><br>Valor de Bienes Urbanos<br>Informe de Valor de Bienes Inmuebles Urbanos por Precios Medios de Mercado<br>IDENTIFICACION DEL BIEN <br>Provincia:	40 	 	SEGOVIA 	 <br>Municipio:	155 	 	PALAZUELOS DE ERESMA <br>V&#237;a P&#250;blica: 	96 	 	CR . PALAZUELOS-SAN ILDEFONSO 	N&#186;	5 <br> <br>Tipo del Bien:	 	Pisos, Garajes o Trasteros <br>Fecha de Referencia de Valor:	 	 undefined de de undefined <br> 					<br> 					<br>ELEMENTOS Y CARACTERISTICAS<br><br>Elemento	Superficie	Calidad	Antig&#252;edad / &#218;lt. Reparaci&#243;n 	Precio Medio <br>Vivienda Colectiva (Piso) 	Sup. Constr.100,00 m 2 	Alta 	0-10 a&#241;os 	188.960,00 Euros<br><br> <br>  	Total:	188.960,00 Euros 	 <br> METODOLOG&#205;A	<br>Los valores obtenidos por precios medios de mercado se determinan a partir de coeficientes extra&#237;dos seg&#250;n estudios de mercado y formularios de los T&#233;cnicos de Valoraci&#243;n de la Consejer&#237;a de Hacienda. Estos coeficientes se ponderan y actualizan peri&#243;dicamente.<br>			<br><br>27 de julio del 2007 	<br>Servicios de valoraci&#243;n por Internet de la Consejer&#237;a de Hacienda de la Junta de Castilla y Le&#243;n			<br><br><br><br>Hemos de dejar constancia de la incre&#237;ble disparidad de precios dados por la Pericial en cuanto al m2 para construcci&#243;n de chalets individuales para los que la pericial da un precio de 96 &#8364; ( dividir el n&#186; de m2 ( 60.000 ) por la cantidad monetaria asignada  a vivienda unifamiliar aislada (5.769.716,10 &#8364; ) contra el valor del terreno dado por la Consejera de Hacienda 636.4 &#8364;, lo que hace que no nos quede m&#225;s remedio de rechazar de plano el informe pericial como invalido.<br><br>En este servicio de valoraciones de la Consejera de Hacienda de la Junta de Castilla y Le&#243;n  pueden proporcionar al Juzgado la valoraci&#243;n estimada de una finca en la carretera de Segovia- La Granja y el Servicio de Hacienda de la Junta de Castilla y Le&#243;n, Delegaci&#243;n de Segovia, puede proporcionar al Juzgado las transacciones llevadas a cabo en los &#250;ltimos cuatro a&#241;os en la zona de la carretera de Segovia La Granja en  Palazuelos de Eresma, de terrenos sin urbanizar, ya que disponen de esa informaci&#243;n por el impuesto de Transmisiones Patrimoniales, y por tanto tambi&#233;n de una valoraci&#243;n media de los mismos.<br>Hemos de tener en cuenta que t&#233;cnicamente la existencia de un campo de Golf en la urbanizaci&#243;n, hace que los precios se incrementen en un 20%. Lo que haria que el supuesto que contemplamos para edificaci&#243;n en bloque fuese de 2.266,80 &#8364;. Lo que hace que la peritaci&#243;n no sea realista, sobre todo cuando los precios de los terrenos que est&#225;n actualmente a la venta en fincas de las inmediaciones es de 180 .&#8364; / m2 y en ning&#250;n caso de 60 a 72 &#8364;.<br><br>No obstante le valoraci&#243;n hiporealista que llevan a cabo los peritos, y qued&#225;ndonos con ella como supuesto de trabajo para calcular el perjuicio patrimonial causado a la Diputaci&#243;n de Segovia, repetimos que al precio de 72 &#8364; para el mill&#243;n de metros cuadrados aportados ser&#225; de 72 millones de &#8364; y no los 16.845.700 &#8364; obtenidos seg&#250;n la valoraci&#243;n efectuada en la aportaci&#243;n de capital a la sociedad Segovia 21, que sirvi&#243; para que la Caja de Ahorro de Segovia obtuviese el 10,1% del capital a una valoraci&#243;n de 100&#8364; pot. acci&#243;n, cuando en realidad la acci&#243;n valdr&#237;a 371,84 &#8364;, Esto es un perjuicio de 55.154.300 &#8364; para la totalidad. <br><br>La peritaci&#243;n tiene una prueba en su contra proporcionada por los propios autores de los cambalaches realizados con la constituci&#243;n y venta accionarial de Segovia 21, y es la venta que ellos mismos hacen del 42% de la edificabilidad en 42 millones de &#8364;, lo que da un valor a la sociedad, sin haber acometido ning&#250;n gasto todav&#237;a, de 100 millones de &#8364;, lo que da un valor a la acci&#243;n de 516,45 &#8364;, con lo que el perjuicio patrimonial para la Diputaci&#243;n es de 416,45 por acci&#243;n, que si bien en un princio es de solamente 78 acciones que compra la Caja Segovia, es lo que sirve para obtener al mismo precio de 100 &#8364; las 9.851 acciones de la primera ampliaci&#243;n de capital, m&#225;s las 3.181 de la segunda ampliaci&#243;n de capital, esto es un total de 13.110 acciones con un perjuicio por acci&#243;n de 416,45, lo que da toral de 5.459.659,5  de &#8364;.de perjuicio para el patrimonio de la Diputaci&#243;n de Segovia.<br><br><br>Por supuesto todo esta hecho al margen de la ortodoxia administrativa, ni subasta publica, ni publicidad ni nada.<br><br>Otra cuesti&#243;n ser&#225; la venta del 33% del accionariado de Segovia 21 a la sociedad Segobrida del Eresma SL que lleva a cabo la Diputaci&#243;n Provincial a la sociedad para la que Caja Segovia, accionista mayoritaria,  otorga un poder veinte d&#237;as despu&#233;s de la ultima ampliaci&#243;n de capital de Segovia 21, de la que es accionista minoritaria&#8221; para constituir una sociedad que tiene como objeto la compra de los terrenos de Segovia 21&#8221; Y ese 33% , que son 63.897 acciones que se venden sin subasta publica, ni publicidad real, representan al precio de 516,45 la cantidad de 32.999.605,65 mientras la Diputaci&#243;n Provincial recibe seg&#250;n la informaci&#243;n de prensa aparecida y no desmentida 13.098.885 &#8364;, lo que supone una perdida patrimonial para la Diputaci&#243;n Provincial de 19.900 720 &#8364; que sumado a la perdida anterior da un total de 25.360.000 &#8364;, lo que traducido a las antiguas pesetas dan un total de CUATROMIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE TRESCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES.<br><br>Estos son los c&#225;lculos hechos con la valoraci&#243;n que dan los propios accionistas de Segovia 21 contra lo que entendemos que no cabe oposici&#243;n alguna ya que es confesi&#243;n de parte.<br>Si llevamos a cabo las operaciones con los precios reales, esto es de entre 120 a 180 &#8364; el m2 el quebranto se dispara exponencialmente ya que entonces el precio de la acci&#243;n se sit&#250;a en 929, 61 &#8364; con un quebranto por tanto de cada acci&#243;n de 724,61 &#8364; lo que multiplicado por 63.897 acciones se sit&#250;a en un total de 46.300.405,17 &#8364;, que en antiguas pesetas son SIETE MIL MILLONES SETECIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO, EUROS.<br>Todo lo anterior nos lleva a reiterar nuestra petici&#243;n de la declaraci&#243;n del Presidente de la Diputaci&#243;n Provincial y del Sr. Soto Rabanos, que SS pospuso en la providencia de 28 de Mayo pasado.<br><br>Otra cuesti&#243;n es la de el trafico de influencias entre el Sr. Soto R&#225;banos y el Alcalde de Palazuelos de Eresma que tiene como tel&#243;n de fondo la Diputaci&#243;n Provincial y la Junta de Castilla y Le&#243;n, y que se concreta en la recalificaci&#243;n de terrenos- los de Quitapesares- y la nueva carretera de enlace entre la carretera de La Granja y la de Palazuelos a la de La Granja-Torrecaballeros. Este proyecto de carretera consta de dos tramos. El primero de unos 500 mts esta financiado por la Diputaci&#243;n con fondos FEDER y el resto por la Junta de Castilla y Le&#243;n. El primer tramo est&#225; siendo ejecutado con toda urgencia ( acompa&#241;amos  anuncios de la urgencia en la ocupaci&#243;n de terrenos y pliego de condiciones ) obra que va a llevar a cabo la misma empresa Begar que lleva a cabo la urbanizaci&#243;n de Quitapesares propiedad de J.L. Ulibarri propietario a su vez de TV Segovia , TV Castilla y Le&#243;n y las emisoras de Punto Radio . La urgencia se fundamenta en que &#8220; actualmente el termino municipal queda partido en dos por r&#237;o Eresma&#8221;, no explican si con anterioridad, en el periodo Devonico, estaba sin partir en dos. Es evidente que el objeto fundamental de tanta urgencia es conseguir antes de que este procedimiento este concluido la carretera que no dar&#225; servicio a Palazuelos sino a los Planes Parciales de Pont&#243;n I y II. Entendemos que este procedimiento deber&#237;a ser paralizado preventivamente ya que no existe ni urgencia para conectar el psiqui&#225;trico con la carretera de la Granja, que actualmente esta conectada ni la de unir fraternalmente a las dos partes &#8220;actualmente&#8221; separadas del termino municipal de Palazuelos, y existe &#250;nicamente la urgencia de los hechos consumados, esto es la de la culminaci&#243;n de los efectos de supuesto il&#237;cito, esto es una carretera que no podr&#225; borrar nadie y que pagaremos todos. <br><br>Por todo ello<br>SOLICITAMOS DEL JUZGADO que teniendo por presentado este escrito lo admita y tenga por hechas las manifestaciones que anteceden, solicitando de la Consejera de Hacienda de la Junta de Castilla y Le&#243;n el precio medio de las trasmisiones de terrenos en el termino municipal de Palazuelos de Eresma en el paraje de la Carretera de La Granja a Segovia en los &#250;ltimos cuatro a&#241;os y paralizando precautoriamente las obras de construcci&#243;n de la carretera de conexi&#243;n de la carretera CL601 y SG 6122 V para que no pueda devenir en el hecho consumado que se esta buscando por parte de los implicados en este procedimiento.<br><br>Segovia a 30 de julio de 2007.]]></content:encoded>
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		</item>
				<item>
			<title>Informe sobre Segovia 21</title>
			<link>http://segovia.cuadernosciudadanos.net/Carlos_Carrasco_Munoz_de_Vera/2008/03/05/informe-sobre-segovia-21/</link>
			<pubDate>Wed, 05 Mar 2008 09:25:01 +0000</pubDate>
						<category domain="main">General</category>			<guid isPermaLink="false">44912@http://www.cuadernosciudadanos.net</guid>
			<description>AL JUZGADO DE INSTRUCCI&#211;N NUMERO TRES. SEGOVIADiligencias previas 180/2007-D&#170; NURIA GONZALEZ SANTAYO Procuradora de los Tribunales y de D. Carlos Carrasco-Mu&#241;oz de Vera en el expediente rese&#241;ado al margen comparece y como mejor proceda en derecho DICE:Que hacemos a continuaci&#243;n un recopilatorio de las cuestiones que estamos instruyendo y de las necesidades de investigaci&#243;n para que por el juzgado se instrumente lo necesario para llevarla a cabo:1.-  EL PROCEDIMIENTO DE MODIFICACI&#211;N DEL PLANEAMIENTO URBAN&#205;STICO DE LA FINCA QUITAPESARES: VALORACI&#211;N DE LA EDIFICABILIDAD EN EL PROYECTO DE ACTUACI&#211;N.0. Resumen del contenido: El Ayuntamiento de Palazuelos aprob&#243; en 1981 Normas Subsidiarias, vigentes hasta la actualidad, que clasificaban la finca como Suelo apto para urbanizar, Tipo I. Dotacional.El Ayuntamiento modifica en 2005, a instancias de Segovia 21, S.A. la calificaci&#243;n de la finca para permitir la urbanizaci&#243;n y la edificaci&#243;n de 240.000 m2.En su desarrollo, el Proyecto de Actuaci&#243;n realiza unas valoraciones, aceptadas por Segovia 21, S.A y por el Ayuntamiento, que cifran el valor de la finca (el aprovechamiento lucrativo neto, descontada la cesi&#243;n del 10 % municipal ) en 96.310.369 &#8364;, frente a los 16.845.700 &#8364; recibidos por la Diputaci&#243;n. Descontado el coste de urbanizaci&#243;n (contrata a Begar C.C. S.A. en 14.092.900,16&#8364;), quedan unos 82.000.000 &#8364;.La valoraci&#243;n pericial, casi sin quererlo y a pesar de sus fuertes contradicciones, viene a ratificar estas cifras, pues sit&#250;a el precio del suelo en bruto sin urbanizar entre 69.716.000 &#8364; y 83.659.200 &#8364;.1. Antecedentes:Las Normas Subsidiarias de 1981 vigentes en Palazuelos de Eresma clasificaban la finca como suelo urbanizable tipo I, dotacional. (Se ha de solicitar entrega del documento al Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma)Nos remitimos al contenido de las Normas Subsidiarias de Palazuelos de Eresma (NNSS) de 1981 vigentes hasta el 23 de septiembre de 2005, que en su p&#225;gina 24 dice: &#8220;Por &#250;ltimo y para cerrar dentro del Suelo Urbanizable se incluyen los terrenos de la Excma. Diputaci&#243;n Provincial para uso hospitalario, Servicios de dicha Entidad Local y zona de Experimentaci&#243;n Ganadera;&#8221;La finca est&#225; grafiada como Dotaci&#243;n Provincial en el plano de las NN.SS., como reconoce, contradictoriamente, en su informe urban&#237;stico de 19/03/2001 el Arquitecto Jefe de la Secci&#243;n de Urbanismo en Segovia de la Junta.No es cierto que la finca de Quitapesares estuviera clasificada y calificada como suelo urbanizable tipo I residencial por las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Palazuelos de Eresma, aprobadas el 8 de mayo de 1981, ni que sobre ellas se pudieran edificar bloques de viviendas, ni viviendas unifamiliares ni pareadas, en contra de lo informado por del Arquitecto Jefe de la Secci&#243;n de Urbanismo y O.T. del Servicio T. de Fomento de 19 de marzo de 2001. M&#225;s a&#250;n, en el expediente aprobaci&#243;n de la modificaci&#243;n de las NNSS con ordenaci&#243;n detallada de Quitapesares, p&#225;gina n&#186; 8 del BOP Segovia n&#186; 114, de 23/09/2005 se reconoce:&#8220;3.1. ANTECEDENTES. ESTADO ACTUALObviamente en el r&#233;gimen espec&#237;fico inherente a la calificaci&#243;n actual como suelo apto para urbanizar, es decir, como suelo urbanizable no delimitado, con un uso global destinado integra y exclusivamente a dotaciones provinciales, no tiene cabida actuaci&#243;n urban&#237;stica alguna que lleve impl&#237;cita la configuraci&#243;n de un parque empresarial y residencial, lo cual determina que en la situaci&#243;n urban&#237;stica actual no sea posible su consecuci&#243;n.&#8221;Abunda en ello y confirma esta calificaci&#243;n el testigo, D. Eduardo Rodrigo Arag&#243;n, redactor del Plan urban&#237;stico de Quitapesares, quien afirma ante S. S&#170;  que &#8220;el mencionado plan consiste en transformar la calificaci&#243;n antes existente (r&#233;gimen urban&#237;stico) que era de dotaciones provinciales para transformarlo en un nuevo r&#233;gimen que es el de uso global terciario y uso global deportivo.&#8221; 	La certificaci&#243;n que se ha instado al Juzgado para que sea solicitada, referida a certificaci&#243;n del Secretario del Ayuntamiento podr&#225; confirmar esta calificaci&#243;n urban&#237;stica.2. Procedimiento de modificaci&#243;n de las NNSS.- Actos simult&#225;neos y correlativos:	Seg&#250;n tiene declarado el testigo, Sr. Rodrigo Arag&#243;n, la sociedad Segovia 21 le encarg&#243; el planeamiento general y pag&#243; sus honorarios. El encargo se realiz&#243; aproximadamente en el a&#241;o 2003 y comenz&#243; el proyecto en dicho a&#241;o. El Sr. Rodrigo actu&#243; como consultor de la sociedad FOMENTO TERRITORIAL, S.L.	En el documento de promoci&#243;n de &#8220;La oferta de Segovia 21&#8221;, que se adjunta como DOCUMENTO ANEXO_ _ _se afirma que en octubre de 2003 se nombra a Atilano Soto como Consejero Delegado , contrat&#225;ndose simult&#225;neamente y por concurso p&#250;blico a la empresa Fomento Territorial S.L. para la prestaci&#243;n integral de los servicios necesarios exigidos por Segovia 21, S.A. 	En octubre de 2003 ya se hab&#237;an descatalogado y calificado como bien patrimonial las 25 y las 18 has del M.U.P. de Quitapesaresy se hab&#237;a obtenido una resoluci&#243;n de la Consejer&#237;a de Medio Ambiente el 28/04/2003 por la que se autorizaba a la Diputaci&#243;n a usar las 61 Has restantes como campo de golf.	Tambi&#233;n se hab&#237;a firmado un acuerdo de intenciones el 5/06/2003 entre la diputaci&#243;n Provincial (Sr. Soto, Presidente) y el Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma par ala creaci&#243;n de un vial de comunicaci&#243;n entre el n&#250;cleo urbano y la C-601.	Para entonces se hab&#237;an aportado las 25 has (Constituci&#243;n de la Sociedad). Se hab&#237;an comprometido las 18 has.: Segovia 21, S.A. acuerda la 1&#170; ampliaci&#243;n de capital el 29/04/2003,  la Caja Segovia el 29/05/2003 (Sr. Soto, Presidente) y el 6/10/2003 se autoriza a la Diputaci&#243;n para la enajenaci&#243;n directa de las 18 has. 	El aumento de capital con la aportaci&#243;n de las 18 has. se produce el mismo 8 de octubre de 2003 en que se nombra a Soto como Consejero Delegado de Segovia 21, S.A., se nombra al nuevo Secretario General de la Sociedad Sr. Tapias, que lo era de la Caja Segovia, y se nombra nuevo Presidente, en la persona del reci&#233;n nombrado Presidente de la Diputaci&#243;n Provincial de Segovia, el Sr. Santamar&#237;a, reci&#233;n cesado como Delegado Territorial de la Junta de Castilla y Le&#243;n en Segovia (en ese cargo al menos en 1999-2003, quien hab&#237;a intervenido en los procedimientos de descatalogaci&#243;n del M.U.P Quitapesares, impuls&#225;ndolo en determinados momentos del mismo). Desaparece de escena el Secretario General de la Diputaci&#243;n, que cesa como Secretario de Segovia 21,S.A.	Ese mismo d&#237;a 8 de octubre de 2003 se inicia la etapa de negociaciones para la aprobaci&#243;n del planeamiento y compromisos de ejecuci&#243;n de obras conexas. El Ayuntamiento de Palazuelos ser&#225; el &#250;ltimo escollo pol&#237;tico que habr&#225; que sortear para el &#233;xito de la operaci&#243;n. Para ello se recurre a la negociaci&#243;n, ofreci&#233;ndole algo que no pueda rechazar su Alcalde D. Domingo Asenjo, ni el Ayuntamiento: la realizaci&#243;n de un vial de acceso desde Palazuelos de Eresma hasta la carretera CL-601, m&#225;s una propina de 1.806.000 &#8364;, adem&#225;s de la cesi&#243;n del 10 por 100 legal.	Lo interesante del convenio, que se analiza en otro lugar, es que lo que ofrece Segovia 21, S.A. es la mediaci&#243;n para que sean la Junta de Castilla y Le&#243;n y la propia Diputaci&#243;n Provincial las que pongan el dinero para el vial.	Es decir, se convence al Alcalde y al Ayuntamiento para que apruebe un plan urban&#237;stico que beneficiar&#225; a Segovia 21, S.A. (es decir, tambi&#233;n a Caja Segovia y a la C&#225;mara de Comercio), mediante la promesa de obtener un vial levantado con fondos p&#250;blicos, que son desviados de otras inversiones de la Provincia.	Producto de las negociaciones con el Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma es, pues, la aprobaci&#243;n del convenio urban&#237;stico entre Segovia 21, S.A. y aqu&#233;l. Se firma el 2/08/2004. Previamente, el 25/06/2004 es aprobado por el Consejo de Administraci&#243;n de Segovia 21, S.A.. El 20/07/2004 es aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Palazuelos, como anexo a la modificaci&#243;n del planeamiento urban&#237;stico. T&#233;ngase en cuenta que en esa fecha  61 has segu&#237;an siendo M.U.P. y que a pesar de ello se firma un convenio con la seguridad de que se realizar&#237;a el campo de golf sobre dicho monte, que por este hecho s&#243;lo podr&#237;a ser clasificado como suelo r&#250;stico protegido.	En efecto, el 20 de julio de 2004 fue aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma la modificaci&#243;n Puntual de las NNSS de planeamiento municipal con ordenaci&#243;n detallada del Sector &#8220;Quitapesares&#8221;.   Votan a favor IU, PSOE y PP. Se publican los anuncios de aprobaci&#243;n entre el 27 de julio y el 12 de agosto de 2004. El 11 de noviembre de 2004 el Jefe del Servicio de Defensa del Medio Natural de la Consejer&#237;a de Medio Ambiente, sin que se conozcan los motivos de su reacci&#243;n o de quien haya recibido impulso o instrucci&#243;n, retoma el expediente de exclusi&#243;n del MUP Quitapesares, que se resuelve inmediatamente y se publica el 28/12/2004. El 27 de diciembre de 2004, cuando ya se conoc&#237;a la exclusi&#243;n del MUP, se adopta un primer acuerdo de aprobaci&#243;n provisional de las Normas Subsidiarias  por el Pleno del Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma (expdte 266/2004).En efecto, casi coincidente en el tiempo, el 28 de diciembre de 2004 se publica en el BOCYL la Orden de exclusi&#243;n de las 61 has. del M.U.P. de Quitapesares. La Orden es de 13 de diciembre.Lo sorprendente es que la Diputaci&#243;n acord&#243; unos d&#237;as antes, el 21/12/2004, seg&#250;n consta en el dictamen de Intervenci&#243;n de la propia Diputaci&#243;n contenido al folio 235 del Tomo II de autos, la alteraci&#243;n de la calificaci&#243;n jur&#237;dica de las 61 has del M.U.P., desafect&#225;ndolas del dominio p&#250;blico, para calificarla como bien patrimonial. Y lo hace antes de que se publique la orden de descatalogaci&#243;n de las 61 has.Pero la precipitaci&#243;n es mayor a&#250;n en el Ayuntamiento, que adopt&#243; los acuerdos inicial y provisional de modificaci&#243;n  las Normas Subsidiarias sin solicitar ni aportar el informe vinculante de la Administraci&#243;n Forestal exigido por el art. 39 de la Ley de Montes de 2003, pues las 61 has. eran en la fecha de adopci&#243;n de los respectivos acuerdos Monte de Utilidad P&#250;blica y las 25 has  descatalogadas por permuta eran (y siguen siendo hoy) monte protector en virtud de lo dispuesto en el art&#237;culo 31 del Reglamento de Montes.El 19 de abril de 2005 el Consejero de Medio Ambiente formula Declaraci&#243;n de Impacto Ambiental favorable (excluido el campo de golf). El 17 de mayo de 2005 el Ayuntamiento aprueba por segunda vez provisionalmente la Modificaci&#243;n Puntual de las NNSS.El 2 de junio de 2005 el Ponente de la Comisi&#243;n T. de Urbanismo informa favorablemente la aprobaci&#243;n definitiva.El 8 de junio de 2005 la C. T. Urbanismo de Segovia aprueba definitivamente la Modificaci&#243;n Puntual de las NNSS., promovida por Segovia 21, S.A. El 21 de julio de 2005 el Consejo de Administraci&#243;n de Caja Segovia autoriza la creaci&#243;n de Segobrida del Eresma, que se constituir&#225; en diciembre de 2005, para &#8220;el desarrollo de una promoci&#243;n inmobiliaria sobre unos terrenos a adquirir en la carretera CL. 601 de Segovia a La Granja de San Ildefonso, a la mercantil Segovia 21,S.A.&#8221;El 23 de septiembre de 2005 se publica el texto definitivo de la modificaci&#243;n de planeamiento de Quitapesares en el B.O.P. de Segovia  n&#186; 114.El 30 de septiembre de 2005 es publicado en el Bocyl (n&#186; 190) el acuerdo de aprobaci&#243;n de la C.T.U.En desarrollo de este planeamiento se aprueba inicialmente Proyecto de Actuaci&#243;n, Proyecto de Urbanizaci&#243;n y Parcelaci&#243;n por concierto del Sector Quitapesares. Se anuncia en BOP Segovia  n&#186; 138, de 18 de noviembre de 2005.3.- Contenido del planeamiento aprobado:Por un lado, la modificaci&#243;n del planeamiento anterior (el de 1981); por otro lado, el desarrollo (la ordenaci&#243;n detallada) de una parte de la finca, la adquirida por Segovia 21, S.A.En el punto 3.4 de la Modificaci&#243;n puntual (p&#225;gina 9 del BOP 114) se indica que &#8220;la edificabilidad lucrativa total materializable o techo edificatorio para el conjunto del sector se establece en 240.000 m2 edificables.La Ordenaci&#243;n detallada del Sector Quitapesares partiendo de lo anterior, otorga la siguiente edificabilidad: Superficie de la finca: 1.164.775,65 m2Usos y aprovechamientos:a)	Vivienda unifamiliar aislada-	Superficie total: 66.447,02 m2.-	N&#186; M&#225;ximo de viviendas: 80-	Edificabilidad de 23.256,46 m2-	Superficie m&#237;nima de parcela: 800 m2b)	Residencial jard&#237;n: Vivienda plurifamiliar en bloque:-	Superficie total: 40.219,97 m2-	N&#250;mero de parcelas: 6-	N&#250;mero m&#225;ximo de viviendas: 328-	Superficie media de vivienda: 109,75 m2 c.-	Edificabilidad de 36.000 m2-	Altura m&#225;xima: Tres plantas (B+II)c)	Empresarial tecnol&#243;gico:-	Superficie total: 90.081,27 m2-	N&#250;mero de parcelas: 39-	Edificabilidad de 125.459,05 m2d)	Comercial y ocio:-	Superficie total: 24.489,13 m2-	N&#250;mero de parcelas: 9-	Edificabilidad de 37.675,00 m2e)	sistema hotelero:-	Superficie total: 6.824,52 m2-	N&#250;mero de parcelas: 1-	Edificabilidad de 13.649,04 m2f)	Equipamientos locales p&#250;blicos:-	Superficie total: 29.587,21 m2-	N&#250;mero de parcelas: 8g)	Equipamientos  privados: -	Superficie total: 610.461,47 m2-	N&#250;mero de parcelas: 3-	Edificabilidad de 2.600,02 m2h)	Espacios libres: 62.291,11 m2.i)	Sistema general dotacional: Instalaciones de la Diputaci&#243;n: 127.238,21 m2 de parcela.Estos datos no han sido expuestos en la p&#225;gina web de la Junta, ni en la del Ayuntamiento de Palazuelos, a pesar de la obligaci&#243;n impuesta por el art&#237;culo 11.3 de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo.El Testigo, Arquitecto Sr. Rodrigo, tiene declarado en esta causa que &#8220;ser&#225; en el momento de la reparcelaci&#243;n cuando el valor vendr&#225; determinado por los nuevos usos que se confieran, y ese valor corresponde o est&#225; determinado por los usos, no por las fincas que se aportan.&#8221;Cuando habla de reparcelaci&#243;n, se est&#225; refiriendo al proyecto de actuaci&#243;n, que comprende en este caso,  la propia parcelaci&#243;n de la finca, como operaci&#243;n t&#233;cnica del instrumento de gesti&#243;n que es el Proyecto de Actuaci&#243;n.En estas palabras se encuentra la esencia de la operaci&#243;n que ha servido para despojar a la Diputaci&#243;n de sus fincas a un precio muy inferior al que se conoc&#237;a que iba a adquirir con las actuaciones llevadas a cabo para modificar su situaci&#243;n legal, actuando todos los agentes en la misma direcci&#243;n: Consejer&#237;a de Medio Ambiente, Consejer&#237;a de Fomento (CTU), Diputaci&#243;n Provincial y Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma, bajo la direcci&#243;n de Segovia 21, esto es, Caja Segovia, C&#225;mara de Comercio y el Sr. Soto.4.- Proyecto de Actuaci&#243;n por concierto, Sector Quitapesares.-Este documento permite realizar la adjudicaci&#243;n de aprovechamientos establecidos por el planeamiento.Se aprueba por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma el 10/11/2005, publicado en B.O.P. anuncio el 18/11/2005, sin alegaciones, se eleva a definitivo. Su contenido no ha sido publicado, y existe copia en el Ayuntamiento, a quien por el Juzgado se ha de reclamar.El aprovechamiento real es de 238.639,54 m2, distribuido en la forma prevista por el Plan Parcial. Corresponde el 10 % al Ayuntamiento, pero Segovia 21, S.A. adquiere los terrenos que corresponden al Ayuntamiento en la parte de vivienda, hotelero y equipamiento privado, as&#237; como los derechos de uso del campo de golf. El Ayuntamiento se queda con el 10% del empresarial, tecnol&#243;gico, comercial y de ocio, y a la vez adquiere otros 1.544,64 m2 a Segovia 21, mediante permuta impl&#237;cita en el proyecto de actuaci&#243;n.Se establecen unas valoraciones por metro cuadrado construido (m2c):-	Vivienda unifamiliar a 750 &#8364;/m2-	Vivienda plurifamiliar a 800 &#8364;/m2-	Empresarial, Tec  350&#8364;/m2-	Hotelero a 250 &#8364;/m2-	Equipamiento privado a 100 &#8364;/m2-	Conjunto campo de golf: 192.907,85 &#8364; por la cesi&#243;n derechos de uso.La aportaci&#243;n dineraria que Segovia 21, S.A. se obliga a pagar al Ayuntamiento por la cesi&#243;n de parte del aprovechamiento es de 4.643.745,35 &#8364;.Si multiplicamos los metros cuadrados de edificabilidad por el valor asignado a cada m2 por usos, nos dar&#237;a, una vez descontado el 10 por 100 que corresponde al Ayuntamiento: 96.310.369 &#8364;, que es el valor del aprovechamiento lucrativo que le otorga a su propietario actual, Segovia 21, S.A. el planeamiento aprobado, sin necesidad de mover un solo ladrillo.Si comparamos este dato con el precio de venta de la finca de Quitapesares, 16.845.700&#8364;, la diferencia es de unos 80.000.000 &#8364; que obtiene Segovia 21, S.A. con la gesti&#243;n de la modificaci&#243;n puntual.(una proporci&#243;n de 5,7 /1) Esa gesti&#243;n se ha realizado bajo la direcci&#243;n del Sr. Soto, prevali&#233;ndose de sus cargos, tanto en la Diputaci&#243;n Provincial de Segovia, como en Caja Segovia. Adem&#225;s, ha negociado con el Ayuntamiento para obtener la recalificaci&#243;n de los terrenos a cambio de precio: el vial , m&#225;s cesiones de suelo, m&#225;s 1.800.000 &#8364;.Pero esta cifra se puede comparar con otras:5.- Comparaci&#243;n valores del proyecto de actuaci&#243;n con la peritaci&#243;n realizada por el Sr. Tovar y la Sr&#170; de La Cruz:Lo &#250;nico &#250;til de la valoraci&#243;n es la proporci&#243;n existente entre el valor asignado al suelo antes del desarrollo urban&#237;stico (es decir, antes de la aprobaci&#243;n del planeamiento de desarrollo) y el valor despu&#233;s de su aprobaci&#243;n:Antes: entre 12,02 y 13,52 &#8364;/m2Despu&#233;s: entre 60,10 y 72,12 &#8364;/m2Es decir, una relaci&#243;n de valor de 5 /5,3 a 1.Esta proporci&#243;n es la que venimos argumentando en todas las posibles operaciones para calcular el valor m&#237;nimo de lo defraudado a la Diputaci&#243;n Provincial de Segovia.(Tinsa, S.A. en expediente de valoraci&#243;n de acciones de Segovia 21, S.A., informe de 15/11/2005 estima el precio de venta de vivienda en bloque en Segovia, planes parciales A y B en 2.500 &#8364;/m2 en tipolog&#237;a vivienda 100 m2; en el &#225;rea del vel&#243;dromo viviendas de 120 m2 a 3.500&#8364;/m2. folios 78 y 79. En la p&#225;gina 80 1&#186; p&#225;rrafo se&#241;ala que las viviendas de Quitapesares ser&#225;n de alto standing, por lo que estimamos que el precio de venta no ser&#225; inferior a 3.500 &#8364;/m2c)El perito Sr. Tovar,  no cumple adecuadamente con su cometido, pues ha olvidado valorar los 90.081,27 m2 de suelo empresarial tecnol&#243;gico (con aprovechamiento de 125.459,05 m2), as&#237; como 6.447 m2 de vivienda unifamiliar (computa s&#243;lo 60.000 m2), los 6.824,52 m2 de suelo hotelero y los 610.41,47 m2 de equipamientos privados.Incurre en flagrantes contradicciones, que tiene la siguiente lectura:La edificabilidad de vivienda en bloque de 36.000 m2, que valora a 9.736.395,80&#8364;, da un precio por m2 construido de  270,45 &#8364;/m2c., El proyecto de Actuaci&#243;n, sin embargo, lo valora en  800&#8364;/m2c.La edificabilidad de vivienda unifamiliar aislada de unos 24.000 m2, que valora a 5.769.716,10 &#8364;, da un precio de 240&#8364;/m2c. El proyecto de actuaci&#243;n lo valora en 750&#8364;/m2c.La edificabilidad del terciario comercial de 37.675 m2, que valora en 6.792.939,20, da un precio de 180&#8364;/m2c. El Proyecto de Actuaci&#243;n lo valora en 350&#8364;/m2.En cuanto al precio del metro cuadrado del suelo con plan parcial aprobado, de entre 60,10 &#8364;/m2 y 72,12&#8364;/m2, bruto sin urbanizar, nos dar&#237;a un valor total de la finca antes de urbanizar de 1.160.000 m2 x 60,10 hasta 72,12 &#8364; =  69.716.000 &#8364;  hasta 83.659.200&#8364;.Es decir, que las cifras dadas por el perito, comparadas entre s&#237;, se contradicen, pues el precio del suelo en bruto sin urbanizar est&#225; entre 69.716.000 &#8364; y 83.659.200 &#8364;, pero la suma de los parciales de suelo de  vivienda en bloque, de suelo de vivienda unifamiliar y de suelo de uso comercial no llegan a 23.000.000 &#8364;, y aunque se le sume lo que ha olvidado incorporar, no pasar&#225; mucho de los 30.000.000&#8364;. Y ello a pesar de que ya tiene en cuenta en esta &#250;ltima parte de la valoraci&#243;n el incremento de los costes de urbanizaci&#243;n.La cifra de 83.659.200&#8364;, sin embargo y sorprendentemente, es similar a la prevista en el proyecto de actuaci&#243;n.Es decir, la aprobaci&#243;n de la modificaci&#243;n del planeamiento urban&#237;stico ha quintuplicado el valor de la finca. Y lo ha hecho cuando la Diputaci&#243;n ya hab&#237;a vendido la finca a Segovia 21, S.A, quien se ha quedado con las plusval&#237;as generadas por el planeamiento, en perjuicio de la propia Diputaci&#243;n, siendo as&#237; que el Sr. Soto es quien ha decidido que ocurriera de esta manera, pues pudiendo haber aportado la finca a Segovia 21, S.A. despu&#233;s de la recalificaci&#243;n, ha preferido entregar su plusval&#237;a a los socios: Caja Segovia y C&#225;mara de Comercio, para, adem&#225;s,  a trav&#233;s de estos, introducir a los nuevos adquirentes de acciones y de edificabilidad: Segobrida del Eresma.  2.- LA GESTI&#211;N ECON&#211;MICA Y FINANCIERA DEL PROYECTO: SEGOVIA 21, S.A.1. Hitos b&#225;sicos:&#8220;El 4 de diciembre de 2001 se suscribe un convenio de colaboraci&#243;n entre la Diputaci&#243;n y la C&#225;mara de Comercio de Segovia para el desarrollo de la sociedad mercantil Segovia 21. Se reorienta el proyecto hacia una autofinanciaci&#243;n del 100 % a partir de la explotaci&#243;n de los derechos urban&#237;sticos y de una zona residencial que se a&#241;ade al proyecto original.&#8221; El 26 de marzo de 2002 se adopta acuerdo por el pleno de la Diputaci&#243;n sobre constituci&#243;n de Segovia 21, S.A. El 22 de julio el pleno adopta acuerdo sobre la constituci&#243;n de Segovia 21, autorizando al Presidente para la firma de escrituras.El 25 de julio de 2002 se constituye formalmente la Sociedad Segovia 21,S.A.En diciembre de 2002 SG 21 contrata a Fomento Territorial, S.L., para la prestaci&#243;n integral de los servicios de Segovia 21, asesoramiento, gesti&#243;n directa y planificaci&#243;n.El 29 de abril de 2003 SG 21 acuerda su 1&#170; ampliaci&#243;n de capitalEl 30 de junio de 2005 SG 21 acuerda 2&#170; ampliaci&#243;n de capital.2. Financiaci&#243;n de Segovia 21, S.A. composici&#243;n societaria: Acci&#243;n = 100 &#8364;. 25-7-2002:-	Diputaci&#243;n: 87 % = 6.231.400 &#8364; = 62.314 acciones. Aporta 250.180 m2 de la finca. (24,90&#8364;/m2)-	C&#225;mara Comercio SG: 13 % = 931.000 &#8364; = 9.310 acciones. Suscribe 25 %.-	Total capital social: 7.162.500 &#8364;3-8-2002: El consejo de administraci&#243;n de SG 21 autoriza la transmisi&#243;n de 7.234 acciones de C. Comercio a Caja Segovia.  Queda como sigue:-	diputaci&#243;n: 87%-	C&#225;mara Comercio: 2,9 % = 2.077 acciones-	Caja Segovia 10,1 %  = 7.234 acciones 29-4-2003:1&#170; Ampliaci&#243;n de capital: D de 9.753.100 &#8364; en 97.531 acciones-	Diputaci&#243;n aporta 180.000 m2 = 8.485.200 &#8364;. Mantiene el 87 %.-	Caja Segovia : 985.000 &#8364; m&#225;s 282.000 &#8364;. Le corresponde el 11,77%-	C. Comercio:  ninguna acci&#243;n por falta de cr&#233;dito, aunque quiso aportar 282.000&#8364;. Queda con el 1,23 %.-	Total capital social despu&#233;s de la 1&#170; ampliaci&#243;n: 16.915.600&#8364;30-6-2005: 2&#170; ampliaci&#243;n de capital: D 2.447.200 &#8364; en 24.472 acciones.-	Diputaci&#243;n aporta 608.316 m2 = 2.129.100 &#8364;. Mantiene el 87%-	Caja Segovia aporta 288.100 &#8364;. Mantiene el 11,77 %-	C&#225;mara comercio aporta 30.000 &#8364; Mantiene el 1,23 %-	Total capital social despu&#233;s de la 2&#170; ampliaci&#243;n: 19.362.800 &#8364;La distribuci&#243;n final del capital social era la siguiente:-	Diputaci&#243;n Provincial: 16.845.700 &#8364;, 168.457 acciones. Todo mediante aportaci&#243;n de la finca de Quitapesares.-	Caja Segovia: 2.279.400 &#8364;, en 22.794 acciones.-	C&#225;mara Comercio: 237.700 &#8364; en 2.377 acciones.3. Operaciones realizadas por la sociedad con posterioridad: enajenaci&#243;n de la edificabilidad y entrada de nuevos socios por enajenaci&#243;n parcial de las  acciones de la Diputaci&#243;n.3.1. Operaci&#243;n de enajenaci&#243;n de edificabilidad:Segobrida del Eresma adquiere en Septiembre de 2005, esto es, despu&#233;s de haberse producido la aprobaci&#243;n definitiva de las nuevas Normas de Quitapesares (8-6-2005) el 42 % de la edificabilidad urbana e industrial del complejo residencial, empresarial, hostelero y de ocio. Pag&#243; 42.000.000 &#8364;.   Y seg&#250;n declara el Sr. Soto el 22/11/2007, respuesta n&#186; 15, se vende parte de la edificabilidad del sector residencial y empresarial tecnol&#243;gico a Segobrida del Eresma por algo m&#225;s de 43.000.000 &#8364;3.2 Primera venta de acciones de Segovia 21, S.A. por la Diputaci&#243;n Provincial de Segovia.-Tinsa emite valoraci&#243;n de acciones de Segovia 21, S.A. al  15/11/2005, esto es, ya vigente la nueva ordenaci&#243;n urban&#237;stica de Quitapesares.En el folio 45 da el resultado de la valoraci&#243;n de la empresa Segovia 21, S.A. en 24.000.000 &#8364;. Y un valor por acci&#243;n orientativamente de 123,95&#8364;Es preciso recordar que el Secretario General de Tinsa, S.A., Don Antonio Tapias, es Secretario General de Caja Segovia y de Segovia 21, S.A. Caja Segovia participa en Tinsa.Por Decreto de la Presidencia de la Diputaci&#243;n se ponen a la venta mediante subasta p&#250;blica abierta un m&#225;ximo de 24.203 acciones por importe de 2.999.961,85 &#8364;, en el l&#237;mite de su competencia, con una cl&#225;usula de derecho de adquisici&#243;n preferente de socios de la Sociedad An&#243;nima y se exige el pago del precio antes de la firma de la escritura p&#250;blica.El anuncio de la subasta se publica en el diario expansi&#243;n de 1/12/2007, diario provincial El Norte de Castilla de 30/11/2005 y en el B.O.P. Segovia n&#186; 142, de 28/11/2005El d&#237;a 14/12/2005, a las 10,00 horas se califica la documentaci&#243;n,  y a las 11,00 horas se abren las plicas:-	Expinmobel, S.A. (Emilio Jes&#250;s Provencio Barrio) ofrece a 131,69 &#8364;/acci&#243;n.-	Construcciones Arranz Acinas, S.A. (Jes&#250;s Arranz Acinas), de Burgos, ofrece a 200,00 &#8364;/acci&#243;n.El 16/12/2006 se ofrece a los dos socios, Caja Segovia y C&#225;mara de Comercio, la adquisici&#243;n de las respectivas acciones subastadas, que adquieren, seg&#250;n manifiesta Segovia 21, S.A. el 16/02/2006, en boca de su Presidente, Sr. Santamar&#237;a, que lo es tambi&#233;n de la propia Diputaci&#243;n Provincial.-	Caja Segovia adquiere 13.582 acciones por importe de 2.716.400 &#8364;-	C&#225;mara de Comercio adquiere 1.417 acciones por importe de 283.400 &#8364;. No consta autorizaci&#243;n de la D.G. Comercio. El Pleno de la C&#225;mara de 31/01/2006 toma el acuerdo de adquisici&#243;nPor Decreto de la Presidencia de 1/03/2006 se enajenan las acciones. (BOP 24/03/2006)David Rubio (PSOE) se&#241;ala que este acuerdo &#8220;atenta a los derechos de la provincia&#8221; y &#8220;es irresponsable, inoportuno, injusto y extempor&#225;neo.&#8221; El socialista abog&#243; por esperar a hacer la operaci&#243;n una vez que se hayan urbanizado los terrenos de la finca donde se construir&#225; el complejo, porque las acciones aumentar&#225;n su plusval&#237;a. &#8220;aqu&#237; hay tres socios uno vende y dos compran, como en las herencias familiares uno malgasta y otros vienen a comprar&#8221;, coment&#243; con enfado Rubio. Se advierte que la oferta formulada por Construcciones Arranz Acinas est&#225; hecha con precipitaci&#243;n, pues est&#225; escrita a mano, falta la fecha, no calcula el sumatorio total ofertado y no present&#243; ni dni ni poder bastanteado. La escritura p&#250;blica de compraventa de acciones se firma el 20/04/2006.La distribuci&#243;n final del capital social tras la 1&#170; venta de acciones era la siguiente:-	Diputaci&#243;n Provincial:  153.458 acciones.-	Caja Segovia:  36.376 acciones.-	C&#225;mara Comercio:  3.749  acciones. 3.3. Segunda venta de acciones por la Diputaci&#243;n de Segovia.-Tinsa vuelve a valorar las acciones a fecha 30/01/2006  a 129,11 euros (folio 379)Se pretende la venta de 39.600 acciones con un valor de 5.112.756,00&#8364;, por lo que se precisa acuerdo del Pleno, que lo adopta el 23/02/2006. Se ofertan en dos lotes:-	n&#186; 1 de 23.600 acciones-	n&#186; 2 de 16.000 accionesSe publica subasta p&#250;blica en BOP  de 3/3/2006, Diario Expansi&#243;n de 6/3/2006, Diario El Norte de Castilla de 7/3/2006 .Ofertas presentadas:-	Promosegovia, S.L. ( D. Carlos Francisco Gonz&#225;lez Mansino), de Madrid, oferta por el lote n&#186; 2:  169,13 &#8364;/acci&#243;n -	Gil Segovia, S.L.  (D. &#193;ngel Manuel Sancho Berzal ) de Segovia, por cada lote : 205,50 &#8364;/acci&#243;n. (la proposici&#243;n est&#225; retocada, como hecha con precipitaci&#243;n)Tanto la Caja Segovia como la C&#225;mara de Comercio ejercen su derecho de adquisici&#243;n preferente de-	C&#225;mara de Comercio: 2.349 acciones por importe de 482.719,50 &#8364;-	Caja Segovia: 22.530 acciones por importe de 4.629.915 &#8364;Acuerdo Pleno Diputaci&#243;n  de 27 de junio de 2006, en el que adem&#225;s renuncia a la recompra de acciones que Caja Segovia vender&#225; a Segobrida de Eresma, S.A..   Se producen cr&#237;ticas por IU y PSOE. Vota a favor s&#243;lo el PP. Se escritura el 21/07/2006 con Caja Segovia. y el 22/09/2006 con la C&#225;mara de Comercio, esto es, tres meses despu&#233;s de la adjudicaci&#243;n. La distribuci&#243;n final del capital social tras la 2&#170; venta de acciones era la siguiente:-	Diputaci&#243;n Provincial:  128.579 acciones. -	Caja Segovia:  58.906 acciones.-	C&#225;mara Comercio:  6.098  acciones.Hip&#243;tesis: A la vista de las subastas surge la sospecha de que las ofertas presentadas hayan sido inducidas para que la subasta no quedara desierta y, por lo tanto, para que pudiera ser fijado un precio y  posibilitar la  enajenaci&#243;n de acciones a Caja Segovia y a la C&#225;mara de Comercio. Se deber&#225; llamar a declarar como testigos a los licitadores y deber&#225;n justificar la solvencia de la oferta con respaldo econ&#243;mico suficiente, que no queda acreditada en el expediente. En caso de que las ofertas no fueran solventes, la enajenaci&#243;n ser&#237;a nula de pleno derecho, incurriendo, adem&#225;s, en desviaci&#243;n de poder.Comentario: no se entienden los motivos por los que la Diputaci&#243;n Provincial vende parte de sus acciones. Si alegan falta de dinero para inversiones, la pregunta es &#191;Por qu&#233; no han repartido a los socios todos o parte de los 42 millones de euros presuntamente obtenidos unos meses antes con la venta de la edificabilidad? La contrataci&#243;n de las obras de urbanizaci&#243;n  con Begar construcciones y contratar es de unos 14 millones sobre un presupuesto inicial de 23 millones. Puesto que no se puede contratar sin financiaci&#243;n previa, les han de sobrar 9 millones de euros.3.4. Entrada de Seg&#243;brida del Eresma en el accionariado de Segovia 21, S.A.:Caja Segovia inicia el proceso de venta de 30.984 acciones suyas a 205,50 &#8364; por un importe total de 6.367.000 euros. As&#237; la empresa Segobrida tendr&#225; el 33 % del capital social. Seg&#243;br&#237;da del Eresma se constituy&#243; el 14/12/2005 y est&#225; integrada por Caja Segovia, Caja de Ahorros y M.P. del  C&#237;rculo Cat&#243;lico de Obreros de Burgos, la constructora burgalesa  D. Jes&#250;s Arranz Acinas en su propio nombre y en el de Promociones PAL, S.A, D. Jes&#250;s Arranz Monje, en su propio nombre y en el de Promotora Ge-Tres, S.A.  y el empresario segoviano Tom&#225;s Rivilla Calvo en su propio nombre y en el de Gestiones Inmobiliarias R.Calvo, S.L., Don Jos&#233; Antol&#237;n Toledano, en su propio nombre y en el de Grupo Asuari Inversor, S.L.Capital de 11.000.000 &#8364;:Caja Segovia 25%Caja C&#237;rculo de Burgos: 25%Promociones Pal, S.A.: 20 %Promotora Ge-Tres, S.A.: 5 %Grupo Asuari Inversor, S.L.: 20 %Gestiones Inmobiliarias R. Calvo, S.L.: 5%Presidente: Miguel Angel S&#225;nchez Plaza (Caja Segovia)Vicepresidente: Caja BurgosConsejero Delegado: D. Jes&#250;s Arranz Acinas (por Promociones Pal, S.A.Domicilio en Burgos, c/ Vitoria, n&#186; 4.En la escritura de constituci&#243;n comparece el representante de Caja Segovia que manifiesta que  por acuerdo del Consejo de Administraci&#243;n de la Caja de 21 de julio de 2005, (elevado a p&#250;blico mediante escritura autorizada por la Notario de Segovia D&#170; Mar&#237;a Antonia Santero de La Fuente el d&#237;a 13/12/2005)  se decidi&#243; constituir esta sociedad &#8220;para el desarrollo de una promoci&#243;n inmobiliaria sobre unos terrenos a adquirir en la carretera CL. 601 de Segovia a La Granja de San Ildefonso, ala mercantil Segovia 21,S.A.&#8221;De las declaraciones del Sr. Soto y de la informaci&#243;n utilizada por S.S&#170;  se deduce de la pregunta 15 a aqu&#233;l que Segobrida del Eresma posee el 16% de las acciones, adquiridas a Caja Segovia y que esa Empresa adquiri&#243; tambi&#233;n el 42 % de la edificabilidad del sector residencial y empresarial tecnol&#243;gico por unos 43 millones de euros.Falta por documentar la adquisici&#243;n de las acciones y al adquisici&#243;n de la edificabilidad. Requerir.3.5  C&#225;lculo del valor de las acciones por el valor de la edificabilidad declarada:  venta de edificabilidad a Segobrida del Eresma, S.A. y ventas de acciones por Diputaci&#243;n y por Caja Segovia:Segobrida aporta 43 millones de euros y obtiene el 42% de la edificabilidad (ya urbanizada, se entiende).Luego el valor reconocido por todas las partes a toda la edificabilidad ya urbanizada es de 100 millones de euros. No entramos a enjuiciar ahora si es o no correcta la valoraci&#243;n.Los 42 millones cobrados por Segovia 21 se dice que se van a destinar a urbanizar todo y a ejecutar el campo de golf. Puede que sea menor coste, pues ha habido baja sustancial en la adjudicaci&#243;n, pero manejamos una cifra de 14.092.000 &#8364;, que graciosamente elevamos a  20 millones redondos para los aumentos de obra, proyectos etc.El valor del suelo sin urbanizar ser&#225; el del urbanizado menos el coste de urbanizaci&#243;n: esto es, 100 millones menos 20 millones, luego son 80 millones de euros. Todo claro hasta ahora.Si la edificabilidad es lo que otorga valor a las acciones y aquella est&#225; valorada en  80 millones como m&#237;nimo, quiere decir que si dividimos 80.000.000 entre 193.628 acciones  nos dar&#225; un valor de aproximadamente  400 &#8364; la acci&#243;n.Sin embargo, se han vendido a 205 &#8364; la acci&#243;n.Luego la Diputaci&#243;n ha perdido (con sus propias cifras) como m&#237;nimo 200&#8364; por acci&#243;n vendida en diciembre 2006 y marzo de 2007. La ventaja la han obtenido los otros dos socios, Caja Segovia, C&#225;mara de Comercio y Segobrida del Eresma, que son los adquirentes.Por lo tanto, el despojo de la Diputaci&#243;n se produce en cada etapa:Primero, en la valoraci&#243;n de la finca entregada a la Sociedad, lo que repercute a favor del resto de los socios, que se quedan con la diferencia. Segundo, en trasladar la plusval&#237;a hacia Segovia 21, S.A, beneficiando claramente a los socios que aportan met&#225;lico (si es que realmente lo han aportado)Tercero, en la venta de las propias acciones de la Diputaci&#243;n, que se valoran a muy bajo precio y que vuelve a beneficiar a la Caja y a la C&#225;mara, adem&#225;s de a Segobrida del Eresma, esto es, otra vez Caja Segovia.Cuarto, si a esto le sumamos los sueldos y dietas de los consejeros y del Cnsejero Delegado, que se ha fabricado su puesto en Segovia 21, S.A. desde su cargo en la Diputaci&#243;n Provincial, s&#243;lo hay que coger la calculadora para determinar el importe de dicho despojo, que todav&#237;a no ha concluido.3.-   : EXPEDIENTE DE ENAJENACI&#211;N: TASACIONES SUCESIVAS DE LA FINCA QUITAPESARES:PRIMERA FASE DE LA ENAJENACI&#211;N: 25 HAS.La enajenaci&#243;n se produce el 25 de julio de 2002.Tasaci&#243;n de TINSA. -TINSA, Tasaciones Inmobiliarias, S.A. es una sociedad creada por la Confederaci&#243;n de Cajas de Ahorros y otras 36 Cajas de Ahorro.D. Adolfo Moreno Yuste, Arquitecto. Se firma el 17/10/2001 por importe de 6.339.228,54 &#8364; (1.054.758.880 ptas), a raz&#243;n de 4.216 ptas/m2. Poco despu&#233;s se firmar&#225; el 4 de diciembre de 2001 un convenio entre Diputaci&#243;n  y C&#225;mara de Comercio sobre proyecto &#250;nico con &#225;rea residencial para autofinanciar el proyecto.La normativa vigente eran las NNSS de Palazuelos de Eresma de 1980. &#8220;Urbanizable programado&#8221;Citas directas:&#8220;El valor de tasaci&#243;n queda condicionado a la reclasificaci&#243;n del terreno valorado como Suelo Urbanizable Programado Tipo 1&#8221;&#8220;El tasador no ha dispuesto de Documento acreditativo del Aprovechamiento Susceptible de Apropiaci&#243;n emitido por el Ayuntamiento. Los par&#225;metros urban&#237;sticos se han obtenido mediante consulta de los documentos del planeamiento y/o consulta verbal a los servicios del Ayuntamiento, pero recomendamos que se solicite un certificado al Ayuntamiento.&#8221; &#8220;No se ha cumplido completamente la Normativa del Mercado Hiptecario porque no ha sido posible visitar interiormente el inmueble&#8221;. M&#233;todos utilizados: Residual din&#225;mico y del valor residual.Superficie de 250.180 m2 (25 Has)&#8220;Las comunicaciones interurbanas pueden considerarse malas&#8221; Condiciones urban&#237;sticas consideradas:Hip&#243;tesis del producto inmobiliario a desarrollar sobre el terreno valorado para el c&#225;lculo del V.Residual:Parcela m&#237;nima de 350 m2. 75.054 m2 de ocupaci&#243;n en planta. Tras cesiones 10 % quedan 67.549 m2.Superficie parcelable tras cesiones: 217.657 m2Parcelas posibles: 217.657/500 m2= 435 parcelas.&#8220;67.549 m2 edificables/435 parcelas = 155 m2 construidos en planta + aprovechamiento bajo cubierta (teniendo en cuenta la edificabilidad) ser&#237;an 192 m2.Se plantea la hip&#243;tesis de 435 viviendas de 192 m2 sobre rasante como mayor y mejor uso.&#8221; Superficie edificable m&#225;xima: 435 x 192 m2 = 83.520 m2.Viviendas adosadas 23.328 m2Viviendas unifamiliares: 51,840 m2Valoraci&#243;n efectuada por VALTECNIC, Sociedad de Tasaci&#243;n.-Valor de tasaci&#243;n: 6.231.388,67 &#8364;Visita 30 mayo 2002Fecha de emisi&#243;n : 2 de julio de 2002.-M&#233;todo: Residual din&#225;mico.Situaci&#243;n urban&#237;stica:Clasificaci&#243;n urban&#237;stica: Suelo urbanizable Tipo I; Dotaciones provinciales. Conforme NNSS de 1980.Adjunta informe Arquitecto municipal de fecha 21 de junio de 2002, que transcribe: &#8220;en la actualidad se est&#225; realizando un estudio, que permita establecer las previsiones de diversas dotaciones urban&#237;sticas en la zona&#8221; Uso: Hospitalario y Deportivo o recreativo social.Calificaci&#243;n urban&#237;stica y edificabilidad:En NNSS 1980: &#8220;Uso hospitalario, servicios de dicha Entidad (Diputaci&#243;n Provincial) y Zona de Experimentaci&#243;n ganadera&#8221;.&#8220;Al objeto de la valoraci&#243;n y teniendo en cuenta el objeto de promoci&#243;n provincial que la Diputaci&#243;n debe llevar a cabo con sus bienes, dado se ha optado como un uso m&#225;s probable, el de Residencia unifamiliar en fila, y teniendo en cuenta un Objeto Social acorde con el uso de tipo dotacional, se propone la realizaci&#243;n de viviendas de VPO, con las siguientes condiciones de volumen:&#8221;  Car&#225;cter del Suelo: urbanizable tipo 1Condiciones de volumenOcupaci&#243;n m&#225;xima: 30% en unifamiliares en filaParcela m&#237;nima: 350 m2 en unifamiliares en filaAltura m&#225;xima: m&#237;nimo 1 planta y/o 4 m. m&#225;ximoEdificabilidad m&#225;xima: 1,00 m2Densidad m&#225;xima: 50 viviendas/ha.Con estos par&#225;metros se podr&#225;n ejecutar un total de 584 viviendas de P.O., con una superficie &#250;til de 90 m2, correspondientes a 108 m2 construidos, distribuidos en una sola planta. (por tanto el margen de beneficios esperado es menor)El m&#243;dulo aplicar es de 873,27 &#8364;/m2. En folio 473 dice 727,73 &#8364;/m2 para esta zona.Una vez calculado el valor del suelo se le aplicar&#225; el coeficiente del 0,8 (en negrita en el original) Hip&#243;tesis de trabajo:Superficie parcelable: 212.653 m2 (deducidas cesiones a viales)VPO 3 metros altura a 1m3/m2/3 m planta= 0,33 m2/m2Aprovechamiento medio. 212.653 m2 x 0,33 m2/m2 = 70.175,49 m2Cesi&#243;n 10 % queda = 63.157,94 m2/ 108 m2= 584 elementosSuperficie construida total a edificar: 584 x 108 m2 = 63.072 m2.Valor del terreno:&#8220;Por tanto el valor del terreno asciende a 7.789.235,84 &#8364;&#8221;Al tratarse de VPO aplica coeficiente de homogeneizaci&#243;n del 0,8 en funci&#243;n del uso permitido por el planeamiento vigente.Valor del suelo: valor del suelo Uso m&#225;s frecuente x Coeficiente (0,8) = 6.231.388,67 &#8364;.Realidad del Plan Parcial aprobado para esta zona.-Calificaci&#243;n urban&#237;stica: 1.2.3. (p&#225;g 14 bop 23-9-05): Empresarial tecnol&#243;gico.Edificabilidad de 125.459,05 m2 en 39 parcelas. Coeficiente ponderaci&#243;n 1,00; viviendas Cp=0,60. 408 viviendas1.2.4. comercial y de ocio: edificabilidad: 37.675 m2.1.2.5. Sistema hotelero: edificabilidad: 13.649,04 m2 Total edificabilidad: 176.783,09 m2 (menos 10%) -  17.678,30 =159.104,79 m2.Comparaci&#243;n de datos tenidos en cuenta: Tinsa, Valtecnic y plan parcial aprobado:1.-Edificabilidad asignada en cada hip&#243;tesis:	TINSA				VALTECNIC			PLAN PARCIAL 83.520 m2 (viv ados unif)	63.072 m2 (v.p.o.unif fila)	159.104,79 m2 (empr,com h)	2.- Valoraci&#243;n realizada:6.339.228,54 &#8364;		6.231.388,67 &#8364; vpo (PAGADO)				7.789.235 &#8364; no vpo3.- Precio del m2 construido:				 98,80 &#8364;/m2 vpo75,90 &#8364;/m2c			123,50 &#8364;/m2 no vpo			19.649.441 &#8364; Diferencia entre valor 19.649.441 y 6.231.388,67 &#8364;= 13.418.053 &#8364; (quebranto econ&#243;mico m&#237;nimo en esta  1&#170; operaci&#243;n)En valores de la propia fecha de tasaci&#243;n.SEGUNDA FASE DE LA ENAJENACI&#211;N: 18 HAS.TINSA 18 has. 4/4/2003. Docs 317 a 352 tomo II.Valor final 8.485.200&#8364;.M&#233;todo de valor residual, visita al interior del inmueble. Suelo urbanizable programado.Tampoco se ha dispuesto de documento acreditativo del Aprovechamiento susceptible de Apropiaci&#243;n. Recomienda que se solicite un certificado al Ayuntamiento.. Par&#225;metros urban&#237;sticos obtenidos mediante consulta  de los documentos del planeamiento y/o consulta verbal a los servicios del Ayuntamiento.&#8220;En la actualidad el terreno se encuentra clasificado como de Dotaci&#243;n Provincial. Los datos urban&#237;sticos referenciados en la valoraci&#243;n corresponden a la hip&#243;tesis de reclasificaci&#243;n a Suelo urbanizable programado Tipo I&#8221; &#8220;Esta valoraci&#243;n no ha sido realizada de acuerdo con la Normativa del Mercado Hipotecario&#8221; Hip&#243;tesis del producto inmobiliario:180.000 m2 terreno apto para urbanizar, urbanizable Tipo I.viviendas unifamiliares, parcela m&#237;nima 350 m2. Cesi&#243;n viales, etc 45.000 m2..135.000 m2 para uso residencial, dotacional ELUP. Cesi&#243;n dotacional y elup 15.882 m2.Superficie residencial 119.118 m2.Superficie m&#225;xima edificable: 119.118/3,00= 39.706 m2 sobre rasante y 20.400 m2 para garajes de 60 m2.Parcelas de 350,35 m2. Total 340 viviendas, menos el 10 por 100 uso lucrativo para el Ayuntamiento. Cuatro fases.1&#170; fase viviendas adosadas 14.142 m2, 80 viviendas2&#170;, 3 y 4&#170; viviendas unifamiliares: 39.951,48 m2. : 226 viviendasTotal: 54.093 m2 y 306 viviendas con garaje (2/3 se asignan a vivienda y el resto a garaje)Valor unitario del terreno: 47,14 &#8364;/m2VALTECNIC:18 HAS13 FEBRERO 2004Valor 7.072.998 &#8364;El documento es similar al de la primera enajenaci&#243;n en cuanto a documentaci&#243;n y observaciones.Hip&#243;tesis de trabajo :420 V.P.O. de 108 m2 construidos en una planta, con m&#243;dulo de 890,75 &#8364;/m2.Uso dotacional, apto para VPO. Se aplica el coeficiente del 0,8 sobre la tasaci&#243;n final.180.000 m2, vivienda unifamiliar en fila-adosada de 108 m2 en parcelas de 350 m2.Superficie construida total a edificar, deducidas las cesiones del 10%= 45.360 M2.Valor del terreno: 8.841.248,17 &#8364;Reducci&#243;n por V.P.O. coeficiente 0,8, valor final 7.072.988,54 &#8364;REALIDAD DEL PLAN PARCIAL APROBADO para esta zona:Vivienda unifamiliar aislada: 80 viviendas  = 66.447,02 m2 de superficie y edificabilidad de 23.256,46 m2Residencial jard&#237;n, vivienda plurifamiliar en bloque: 40.219,97 m2 superficie y edificabilidad de 36.000 m2. y cabida m&#225;xima de 328 viviendas..Total edificabilidad descontada la cesi&#243;n 10% = 53.330,82&#8364;Comparaci&#243;n de datos tenidos en cuenta: Tinsa, Valtecnic y plan parcial aprobado:1.-Edificabilidad asignada en cada hip&#243;tesis:	TINSA				VALTECNIC			PLAN PARCIAL 54.093 m2 (viv ados unif)	45.360 m2 (v.p.o.unif fila)	53.330,82 m2 (empr,com h)	2.- Valoraci&#243;n realizada:8.485.200 &#8364; (pagado)		7.072.988,54 &#8364; (vpo)				 8.841.248,17 &#8364; (no vpo3.- Precio del m2 construido:				155,93 &#8364;/m2 vpo156,86 &#8364;/m2c			194,91  &#8364;/m2 no vpo		       10.394.710 &#8364; Diferencia entre valor 10.394.710 y 8.485.200 &#8364;= 1.909.510 &#8364; (quebranto econ&#243;mico m&#237;nimo en esta 2&#170; operaci&#243;n)TERCERA FASE DE LA ENAJENACI&#211;N.-Para campo de Golf con 2.000 m2 de edificabilidad.TINSA60 has aproxFecha de 13 mayo 2005Sin c&#233;dula urban&#237;stica, utiliza la modificaci&#243;n NNSS y plan parcial quitapesares aprobado.M&#233;todo del valor residual y compara con fincas r&#250;sticas.Valor asignado: 2.129.106 &#8364;.VALTECNICFecha 5 octubre 2005, con plan parcial publicado.&#8220;No se ha dispuesto del Proyecto del Campo de Golf de 18 hoyos El aporte de agua es insuficiente y la depuraci&#243;n es bastante incompleta.Considera la fina en Nivel II de la Orden de valoraci&#243;n de 2003 (consideramos existe error, corresponde nivel I, pues s&#237; est&#225; dentro del Plan parcial).Valoraci&#243;n 1.800.739 &#8364;Realidad del Plan Parcial.-Al tratarse de una &#250;nica operaci&#243;n urban&#237;stica en la que existen usos complementarios, el campo de golf produce un efecto multiplicador sobre el valor de lo edificado en su zona de influencia inmediata.En efecto, es com&#250;nmente asignado un incremento de  valor de hasta un 20 por ciento a la actuaci&#243;n.El Pa&#237;s, viernes 27 de abril de 2007, &#8220;propiedades&#8221;, especial playas, p&#225;gina 4.:&#8220;La diferencia de precios entre una vivienda con golf y otra si &#233;l puede llegar al 20 %, seg&#250;n Eduardo Serra, de Cohispania&#8221;D. Eduardo Serra Gesta, es Director de la Compa&#241;&#237;a Hispania de Tasaciones y Valoraciones, S.A., tfno 901-307-00-35. (Obtenido de su p&#225;gina web.)Si asignamos de forma prudente un incremento del 15 % sobre el valor demostrado m&#225;s arriba a la edificabilidad total, tendremos:19.649.441 &#8364; + 10.394.710 &#8364; = 30.044.415 &#8364; x 15% = 4.506.622 &#8364;  por  incremento de valor inducido2.000 m2 x 194,91 &#8364;/m2 = 389.820 &#8364; de valor de la edificabilidad.CONCLUSIONESPrimera.- el valor  m&#237;nimo de la finca completa por aplicaci&#243;n del precio del m2 construible asignado por Valtecnic en sus propias valoraciones, m&#225;s el 15 % de repercusi&#243;n del campo de golf ser&#237;a el siguiente:19.649.441 &#8364; + 10.394.710 &#8364; + 4.506.622 &#8364; + 389.820 &#8364; = 34.940.857 &#8364; Precio obtenido de las tres ventas: 16.845.700 &#8364;Diferencia o quebranto econ&#243;mico m&#237;nimo del conjunto: 18.095.157 &#8364;DIECIOCHO MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE EUROS.Segunda: TINSA estaba incapacitada para realizar la valoraci&#243;n, pues se produc&#237;a confusi&#243;n de intereses, dado que:-	El Secretario General de Caja Segovia lo es tambi&#233;n de TINSA y de Segovia 21, S.A.-	El Presidente de la Diputaci&#243;n lo es de Caja Segovia y de Segovia, 21 (o Consejero Delegado, despu&#233;s). Caja Segovia participa en Tinsa.Tercera: Quien pudo hacerlo no facilit&#243; la informaci&#243;n adecuada a Valtecnic, S.A. para llevar a cabo una tasaci&#243;n fiable. La Tasaci&#243;n se hizo por un tercio de la edificabilidad; de ah&#237; que el valor de tasaci&#243;n sea de un tercio en la 1&#170; y 2&#170; enajenaci&#243;n. Adem&#225;s el c&#225;lculo se hizo como si el destino fueran viviendas de protecci&#243;n oficial, en lugar de una urbanizaci&#243;n de lujo (que incluye un hotel de cinco estrellas).Cuarta: Ser&#225; preciso llevar a cabo las comprobaciones adecuadas y la determinaci&#243;n de las personas responsables del encargo, informaci&#243;n y aprobaci&#243;n de las tasaciones.4.- INSTRUCCI&#211;N QUE SE NECESITA PARA CONTINUAR CON LA INVESTIGACI&#211;N:Parece que esta claro que la posible defraudaci&#243;n se ha llevado a cabo mediante el quebrantamiento del art 109 y ss del reglamento de Bienes de la LBRL y de los art&#237;culos 74 y ss y concretamente el art 80 del Texto Refundido de r&#233;gimen local sustituyendo la necesaria subasta por la irregular enajenaci&#243;n por aportaci&#243;n  no dineraria. Para evitar los controles exigidos se trocea la finca para no llegar al limite, se valora por el m&#237;nimo de unas valoraciones ama&#241;adas como hemos podido comprobar con los datos obrantes ya en autos y se han escamoteados las plus-val&#237;as de esa finca mediante la enajenaci&#243;n de acciones cuyo precio se ha decidido en unas subastas sin ninguna de las condiciones de publicidad de lo que en realidad se subastaba que era UN MILLON DE METROS CUADRADOS  en plena fiebre del ladrillo, y a la que acuden unos empresarios ligados a los personajes desencadenantes de todo esto por las siglas de un partido pol&#237;tico.Por ello debemos solicitar al Juzgado que solicite de los departamentos correspondientes lo siguiente:1. - Las autorizaciones de la Direcci&#243;n General de Comercio a favor de la C&#225;mara de Comercio e Industria de Segovia para adquirir las acciones de la 1&#170; y 2&#170; subasta efectuadas por la Diputaci&#243;n Provincial de Segovia  y escrituradas en 20/04/2006 y 22/09/20061.417 acciones por  283.400 &#8364; en la 1&#170; subasta2.349 acciones por importe de 482.719,50 &#8364; en la 2&#170; subasta.En total : 766.119,50 &#8364;Solicitar de la Camara de Comercio de Segovia que justifique la existencia de esa cantidad  de dinero, su procedencia y destino, si se han abonado las acciones.2.- Se habr&#225;  que tomar declaraci&#243;n  a los licitadores en las subastas para que justifiquen la solvencia econ&#243;mica y financiera que avalaba la oferta presentada en cada caso, as&#237; como la irregularidad de presentar mediante escrito a mano de las plicas de una subasta de esa importancia, y si ello se debi&#243; a que les avisaron  in estremis para que no quedara desierta la subasta y les indicaron los precios que deber&#237;an de poner.3.- Habr&#225; de requerirse a Segobrida del Eresma los contratos realizados para la adquisici&#243;n de la edificabilidad de Segovia 21, S.A. as&#237; como los de la compra de acciones. Si se han pagado los 43.000.000 &#8364; de la edificabilidad  y el precio de la compra de acciones a Caja Segovia.4.- Habr&#225; de ser interrogado D. Antonio Tapias sobre la procedencia de encargar las tasaciones de acciones y las de la finca a Tinsa, por la coincidencia de cargos en su persona y posible incompatibilidad, y a la empresa Valtecnic sobre la irregular tasaci&#243;n efectuada de la finca Quitapesares , y a las dos como se tasa unas acciones, las de la segunda subasta, por debajo del precio de lo conseguido en la primera, esto es 200 &#8364;5.- Habr&#225; de preguntarse a David Rubio, Diputado Provincial (en la oposici&#243;n) sobre las razones de su nombramiento para el cargo de Consejero de Segovia 21, S.A. el d&#237;a 13/02/2004, aceptado el 31/03/2004, sobre la cr&#237;tica por &#233;l efectuada sobre el procedimiento de venta de las acciones y sobre las medidas que su grupo adopt&#243; en la Diputaci&#243;n. Y sobre cuanto conozca de este asunto en su doble condici&#243;n de Diputado y Consejero.6.- Queda igualmente por citar a todas las personas que requer&#237;amos en nuestro escrito de 21 de Noviembre pr&#243;ximo pasado.SOLICTO DEL JUZGADO que teniendo por presentado este escrito, lo admita y tenga por realizadas las manifestaciones que anteceden y acuerde la practica de las actuaciones  solicitadas en este escrito.Es justicia que pido en Segovia a diecisiete de diciembre de 2007.</description>
			<content:encoded><![CDATA[AL JUZGADO DE INSTRUCCI&#211;N NUMERO TRES. SEGOVIA<br><br><br><br>Diligencias previas 180/2007-<br><br><br>D&#170; NURIA GONZALEZ SANTAYO Procuradora de los Tribunales y de D. Carlos Carrasco-Mu&#241;oz de Vera en el expediente rese&#241;ado al margen comparece y como mejor proceda en derecho DICE:<br><br>Que hacemos a continuaci&#243;n un recopilatorio de las cuestiones que estamos instruyendo y de las necesidades de investigaci&#243;n para que por el juzgado se instrumente lo necesario para llevarla a cabo:<br><br><br><br>1.-  EL PROCEDIMIENTO DE MODIFICACI&#211;N DEL PLANEAMIENTO URBAN&#205;STICO DE LA FINCA QUITAPESARES: VALORACI&#211;N DE LA EDIFICABILIDAD EN EL PROYECTO DE ACTUACI&#211;N.<br><br>0. Resumen del contenido: <br>El Ayuntamiento de Palazuelos aprob&#243; en 1981 Normas Subsidiarias, vigentes hasta la actualidad, que clasificaban la finca como Suelo apto para urbanizar, Tipo I. Dotacional.<br>El Ayuntamiento modifica en 2005, a instancias de Segovia 21, S.A. la calificaci&#243;n de la finca para permitir la urbanizaci&#243;n y la edificaci&#243;n de 240.000 m2.<br>En su desarrollo, el Proyecto de Actuaci&#243;n realiza unas valoraciones, aceptadas por Segovia 21, S.A y por el Ayuntamiento, que cifran el valor de la finca (el aprovechamiento lucrativo neto, descontada la cesi&#243;n del 10 % municipal ) en 96.310.369 &#8364;, frente a los 16.845.700 &#8364; recibidos por la Diputaci&#243;n. Descontado el coste de urbanizaci&#243;n (contrata a Begar C.C. S.A. en 14.092.900,16&#8364;), quedan unos 82.000.000 &#8364;.<br>La valoraci&#243;n pericial, casi sin quererlo y a pesar de sus fuertes contradicciones, viene a ratificar estas cifras, pues sit&#250;a el precio del suelo en bruto sin urbanizar entre 69.716.000 &#8364; y 83.659.200 &#8364;.<br><br>1. Antecedentes:<br><br>Las Normas Subsidiarias de 1981 vigentes en Palazuelos de Eresma clasificaban la finca como suelo urbanizable tipo I, dotacional. (Se ha de solicitar entrega del documento al Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma)<br>Nos remitimos al contenido de las Normas Subsidiarias de Palazuelos de Eresma (NNSS) de 1981 vigentes hasta el 23 de septiembre de 2005, que en su p&#225;gina 24 dice: <br><br>&#8220;Por &#250;ltimo y para cerrar dentro del Suelo Urbanizable se incluyen los terrenos de la Excma. Diputaci&#243;n Provincial para uso hospitalario, Servicios de dicha Entidad Local y zona de Experimentaci&#243;n Ganadera;&#8221;<br><br>La finca est&#225; grafiada como Dotaci&#243;n Provincial en el plano de las NN.SS., como reconoce, contradictoriamente, en su informe urban&#237;stico de 19/03/2001 el Arquitecto Jefe de la Secci&#243;n de Urbanismo en Segovia de la Junta.<br>No es cierto que la finca de Quitapesares estuviera clasificada y calificada como suelo urbanizable tipo I residencial por las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Palazuelos de Eresma, aprobadas el 8 de mayo de 1981, ni que sobre ellas se pudieran edificar bloques de viviendas, ni viviendas unifamiliares ni pareadas, en contra de lo informado por del Arquitecto Jefe de la Secci&#243;n de Urbanismo y O.T. del Servicio T. de Fomento de 19 de marzo de 2001. <br>M&#225;s a&#250;n, en el expediente aprobaci&#243;n de la modificaci&#243;n de las NNSS con ordenaci&#243;n detallada de Quitapesares, p&#225;gina n&#186; 8 del BOP Segovia n&#186; 114, de 23/09/2005 se reconoce:<br><br>&#8220;3.1. ANTECEDENTES. ESTADO ACTUAL<br>Obviamente en el r&#233;gimen espec&#237;fico inherente a la calificaci&#243;n actual como suelo apto para urbanizar, es decir, como suelo urbanizable no delimitado, con un uso global destinado integra y exclusivamente a dotaciones provinciales, no tiene cabida actuaci&#243;n urban&#237;stica alguna que lleve impl&#237;cita la configuraci&#243;n de un parque empresarial y residencial, lo cual determina que en la situaci&#243;n urban&#237;stica actual no sea posible su consecuci&#243;n.&#8221;<br><br>Abunda en ello y confirma esta calificaci&#243;n el testigo, D. Eduardo Rodrigo Arag&#243;n, redactor del Plan urban&#237;stico de Quitapesares, quien afirma ante S. S&#170;  que &#8220;el mencionado plan consiste en transformar la calificaci&#243;n antes existente (r&#233;gimen urban&#237;stico) que era de dotaciones provinciales para transformarlo en un nuevo r&#233;gimen que es el de uso global terciario y uso global deportivo.&#8221; <br><br>	La certificaci&#243;n que se ha instado al Juzgado para que sea solicitada, referida a certificaci&#243;n del Secretario del Ayuntamiento podr&#225; confirmar esta calificaci&#243;n urban&#237;stica.<br><br>2. Procedimiento de modificaci&#243;n de las NNSS.- Actos simult&#225;neos y correlativos:<br><br>	Seg&#250;n tiene declarado el testigo, Sr. Rodrigo Arag&#243;n, la sociedad Segovia 21 le encarg&#243; el planeamiento general y pag&#243; sus honorarios. El encargo se realiz&#243; aproximadamente en el a&#241;o 2003 y comenz&#243; el proyecto en dicho a&#241;o. El Sr. Rodrigo actu&#243; como consultor de la sociedad FOMENTO TERRITORIAL, S.L.<br><br>	En el documento de promoci&#243;n de &#8220;La oferta de Segovia 21&#8221;, que se adjunta como DOCUMENTO ANEXO_ _ _se afirma que en octubre de 2003 se nombra a Atilano Soto como Consejero Delegado , contrat&#225;ndose simult&#225;neamente y por concurso p&#250;blico a la empresa Fomento Territorial S.L. para la prestaci&#243;n integral de los servicios necesarios exigidos por Segovia 21, S.A. <br><br>	En octubre de 2003 ya se hab&#237;an descatalogado y calificado como bien patrimonial las 25 y las 18 has del M.U.P. de Quitapesaresy se hab&#237;a obtenido una resoluci&#243;n de la Consejer&#237;a de Medio Ambiente el 28/04/2003 por la que se autorizaba a la Diputaci&#243;n a usar las 61 Has restantes como campo de golf.<br><br>	Tambi&#233;n se hab&#237;a firmado un acuerdo de intenciones el 5/06/2003 entre la diputaci&#243;n Provincial (Sr. Soto, Presidente) y el Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma par ala creaci&#243;n de un vial de comunicaci&#243;n entre el n&#250;cleo urbano y la C-601.<br><br>	Para entonces se hab&#237;an aportado las 25 has (Constituci&#243;n de la Sociedad). Se hab&#237;an comprometido las 18 has.: Segovia 21, S.A. acuerda la 1&#170; ampliaci&#243;n de capital el 29/04/2003,  la Caja Segovia el 29/05/2003 (Sr. Soto, Presidente) y el 6/10/2003 se autoriza a la Diputaci&#243;n para la enajenaci&#243;n directa de las 18 has. <br><br>	El aumento de capital con la aportaci&#243;n de las 18 has. se produce el mismo 8 de octubre de 2003 en que se nombra a Soto como Consejero Delegado de Segovia 21, S.A., se nombra al nuevo Secretario General de la Sociedad Sr. Tapias, que lo era de la Caja Segovia, y se nombra nuevo Presidente, en la persona del reci&#233;n nombrado Presidente de la Diputaci&#243;n Provincial de Segovia, el Sr. Santamar&#237;a, reci&#233;n cesado como Delegado Territorial de la Junta de Castilla y Le&#243;n en Segovia (en ese cargo al menos en 1999-2003, quien hab&#237;a intervenido en los procedimientos de descatalogaci&#243;n del M.U.P Quitapesares, impuls&#225;ndolo en determinados momentos del mismo). Desaparece de escena el Secretario General de la Diputaci&#243;n, que cesa como Secretario de Segovia 21,S.A.<br><br>	Ese mismo d&#237;a 8 de octubre de 2003 se inicia la etapa de negociaciones para la aprobaci&#243;n del planeamiento y compromisos de ejecuci&#243;n de obras conexas. El Ayuntamiento de Palazuelos ser&#225; el &#250;ltimo escollo pol&#237;tico que habr&#225; que sortear para el &#233;xito de la operaci&#243;n. Para ello se recurre a la negociaci&#243;n, ofreci&#233;ndole algo que no pueda rechazar su Alcalde D. Domingo Asenjo, ni el Ayuntamiento: la realizaci&#243;n de un vial de acceso desde Palazuelos de Eresma hasta la carretera CL-601, m&#225;s una propina de 1.806.000 &#8364;, adem&#225;s de la cesi&#243;n del 10 por 100 legal.<br><br>	Lo interesante del convenio, que se analiza en otro lugar, es que lo que ofrece Segovia 21, S.A. es la mediaci&#243;n para que sean la Junta de Castilla y Le&#243;n y la propia Diputaci&#243;n Provincial las que pongan el dinero para el vial.<br><br>	Es decir, se convence al Alcalde y al Ayuntamiento para que apruebe un plan urban&#237;stico que beneficiar&#225; a Segovia 21, S.A. (es decir, tambi&#233;n a Caja Segovia y a la C&#225;mara de Comercio), mediante la promesa de obtener un vial levantado con fondos p&#250;blicos, que son desviados de otras inversiones de la Provincia.<br><br>	Producto de las negociaciones con el Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma es, pues, la aprobaci&#243;n del convenio urban&#237;stico entre Segovia 21, S.A. y aqu&#233;l. Se firma el 2/08/2004. Previamente, el 25/06/2004 es aprobado por el Consejo de Administraci&#243;n de Segovia 21, S.A.. El 20/07/2004 es aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Palazuelos, como anexo a la modificaci&#243;n del planeamiento urban&#237;stico. T&#233;ngase en cuenta que en esa fecha  61 has segu&#237;an siendo M.U.P. y que a pesar de ello se firma un convenio con la seguridad de que se realizar&#237;a el campo de golf sobre dicho monte, que por este hecho s&#243;lo podr&#237;a ser clasificado como suelo r&#250;stico protegido.<br><br>	En efecto, el 20 de julio de 2004 fue aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma la modificaci&#243;n Puntual de las NNSS de planeamiento municipal con ordenaci&#243;n detallada del Sector &#8220;Quitapesares&#8221;.   Votan a favor IU, PSOE y PP. Se publican los anuncios de aprobaci&#243;n entre el 27 de julio y el 12 de agosto de 2004. <br><br>El 11 de noviembre de 2004 el Jefe del Servicio de Defensa del Medio Natural de la Consejer&#237;a de Medio Ambiente, sin que se conozcan los motivos de su reacci&#243;n o de quien haya recibido impulso o instrucci&#243;n, retoma el expediente de exclusi&#243;n del MUP Quitapesares, que se resuelve inmediatamente y se publica el 28/12/2004.<br> <br>El 27 de diciembre de 2004, cuando ya se conoc&#237;a la exclusi&#243;n del MUP, se adopta un primer acuerdo de aprobaci&#243;n provisional de las Normas Subsidiarias  por el Pleno del Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma (expdte 266/2004).<br><br>En efecto, casi coincidente en el tiempo, el 28 de diciembre de 2004 se publica en el BOCYL la Orden de exclusi&#243;n de las 61 has. del M.U.P. de Quitapesares. La Orden es de 13 de diciembre.<br><br>Lo sorprendente es que la Diputaci&#243;n acord&#243; unos d&#237;as antes, el 21/12/2004, seg&#250;n consta en el dictamen de Intervenci&#243;n de la propia Diputaci&#243;n contenido al folio 235 del Tomo II de autos, la alteraci&#243;n de la calificaci&#243;n jur&#237;dica de las 61 has del M.U.P., desafect&#225;ndolas del dominio p&#250;blico, para calificarla como bien patrimonial. Y lo hace antes de que se publique la orden de descatalogaci&#243;n de las 61 has.<br><br>Pero la precipitaci&#243;n es mayor a&#250;n en el Ayuntamiento, que adopt&#243; los acuerdos inicial y provisional de modificaci&#243;n  las Normas Subsidiarias sin solicitar ni aportar el informe vinculante de la Administraci&#243;n Forestal exigido por el art. 39 de la Ley de Montes de 2003, pues las 61 has. eran en la fecha de adopci&#243;n de los respectivos acuerdos Monte de Utilidad P&#250;blica y las 25 has  descatalogadas por permuta eran (y siguen siendo hoy) monte protector en virtud de lo dispuesto en el art&#237;culo 31 del Reglamento de Montes.<br><br>El 19 de abril de 2005 el Consejero de Medio Ambiente formula Declaraci&#243;n de Impacto Ambiental favorable (excluido el campo de golf). <br><br>El 17 de mayo de 2005 el Ayuntamiento aprueba por segunda vez provisionalmente la Modificaci&#243;n Puntual de las NNSS.<br><br>El 2 de junio de 2005 el Ponente de la Comisi&#243;n T. de Urbanismo informa favorablemente la aprobaci&#243;n definitiva.<br><br>El 8 de junio de 2005 la C. T. Urbanismo de Segovia aprueba definitivamente la Modificaci&#243;n Puntual de las NNSS., promovida por Segovia 21, S.A. <br><br>El 21 de julio de 2005 el Consejo de Administraci&#243;n de Caja Segovia autoriza la creaci&#243;n de Segobrida del Eresma, que se constituir&#225; en diciembre de 2005, para &#8220;el desarrollo de una promoci&#243;n inmobiliaria sobre unos terrenos a adquirir en la carretera CL. 601 de Segovia a La Granja de San Ildefonso, a la mercantil Segovia 21,S.A.&#8221;<br><br>El 23 de septiembre de 2005 se publica el texto definitivo de la modificaci&#243;n de planeamiento de Quitapesares en el B.O.P. de Segovia  n&#186; 114.<br><br>El 30 de septiembre de 2005 es publicado en el Bocyl (n&#186; 190) el acuerdo de aprobaci&#243;n de la C.T.U.<br><br>En desarrollo de este planeamiento se aprueba inicialmente Proyecto de Actuaci&#243;n, Proyecto de Urbanizaci&#243;n y Parcelaci&#243;n por concierto del Sector Quitapesares. Se anuncia en BOP Segovia  n&#186; 138, de 18 de noviembre de 2005.<br><br>3.- Contenido del planeamiento aprobado:<br><br>Por un lado, la modificaci&#243;n del planeamiento anterior (el de 1981); por otro lado, el desarrollo (la ordenaci&#243;n detallada) de una parte de la finca, la adquirida por Segovia 21, S.A.<br><br>En el punto 3.4 de la Modificaci&#243;n puntual (p&#225;gina 9 del BOP 114) se indica que &#8220;la edificabilidad lucrativa total materializable o techo edificatorio para el conjunto del sector se establece en 240.000 m2 edificables.<br><br>La Ordenaci&#243;n detallada del Sector Quitapesares partiendo de lo anterior, otorga la siguiente edificabilidad:<br> <br>Superficie de la finca: 1.164.775,65 m2<br><br>Usos y aprovechamientos:<br><br>a)	Vivienda unifamiliar aislada<br>-	Superficie total: 66.447,02 m2.<br>-	N&#186; M&#225;ximo de viviendas: 80<br>-	Edificabilidad de 23.256,46 m2<br>-	Superficie m&#237;nima de parcela: 800 m2<br>b)	Residencial jard&#237;n: Vivienda plurifamiliar en bloque:<br>-	Superficie total: 40.219,97 m2<br>-	N&#250;mero de parcelas: 6<br>-	N&#250;mero m&#225;ximo de viviendas: 328<br>-	Superficie media de vivienda: 109,75 m2 c.<br>-	Edificabilidad de 36.000 m2<br>-	Altura m&#225;xima: Tres plantas (B+II)<br>c)	Empresarial tecnol&#243;gico:<br>-	Superficie total: 90.081,27 m2<br>-	N&#250;mero de parcelas: 39<br>-	Edificabilidad de 125.459,05 m2<br>d)	Comercial y ocio:<br>-	Superficie total: 24.489,13 m2<br>-	N&#250;mero de parcelas: 9<br>-	Edificabilidad de 37.675,00 m2<br>e)	sistema hotelero:<br>-	Superficie total: 6.824,52 m2<br>-	N&#250;mero de parcelas: 1<br>-	Edificabilidad de 13.649,04 m2<br>f)	Equipamientos locales p&#250;blicos:<br>-	Superficie total: 29.587,21 m2<br>-	N&#250;mero de parcelas: 8<br>g)	Equipamientos  privados: <br>-	Superficie total: 610.461,47 m2<br>-	N&#250;mero de parcelas: 3<br>-	Edificabilidad de 2.600,02 m2<br>h)	Espacios libres: 62.291,11 m2.<br>i)	Sistema general dotacional: Instalaciones de la Diputaci&#243;n: 127.238,21 m2 de parcela.<br><br>Estos datos no han sido expuestos en la p&#225;gina web de la Junta, ni en la del Ayuntamiento de Palazuelos, a pesar de la obligaci&#243;n impuesta por el art&#237;culo 11.3 de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo.<br><br>El Testigo, Arquitecto Sr. Rodrigo, tiene declarado en esta causa que &#8220;ser&#225; en el momento de la reparcelaci&#243;n cuando el valor vendr&#225; determinado por los nuevos usos que se confieran, y ese valor corresponde o est&#225; determinado por los usos, no por las fincas que se aportan.&#8221;<br><br>Cuando habla de reparcelaci&#243;n, se est&#225; refiriendo al proyecto de actuaci&#243;n, que comprende en este caso,  la propia parcelaci&#243;n de la finca, como operaci&#243;n t&#233;cnica del instrumento de gesti&#243;n que es el Proyecto de Actuaci&#243;n.<br><br>En estas palabras se encuentra la esencia de la operaci&#243;n que ha servido para despojar a la Diputaci&#243;n de sus fincas a un precio muy inferior al que se conoc&#237;a que iba a adquirir con las actuaciones llevadas a cabo para modificar su situaci&#243;n legal, actuando todos los agentes en la misma direcci&#243;n: Consejer&#237;a de Medio Ambiente, Consejer&#237;a de Fomento (CTU), Diputaci&#243;n Provincial y Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma, bajo la direcci&#243;n de Segovia 21, esto es, Caja Segovia, C&#225;mara de Comercio y el Sr. Soto.<br><br>4.- Proyecto de Actuaci&#243;n por concierto, Sector Quitapesares.-<br><br>Este documento permite realizar la adjudicaci&#243;n de aprovechamientos establecidos por el planeamiento.<br><br>Se aprueba por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma el 10/11/2005, publicado en B.O.P. anuncio el 18/11/2005, sin alegaciones, se eleva a definitivo. Su contenido no ha sido publicado, y existe copia en el Ayuntamiento, a quien por el Juzgado se ha de reclamar.<br><br>El aprovechamiento real es de 238.639,54 m2, distribuido en la forma prevista por el Plan Parcial. Corresponde el 10 % al Ayuntamiento, pero Segovia 21, S.A. adquiere los terrenos que corresponden al Ayuntamiento en la parte de vivienda, hotelero y equipamiento privado, as&#237; como los derechos de uso del campo de golf. El Ayuntamiento se queda con el 10% del empresarial, tecnol&#243;gico, comercial y de ocio, y a la vez adquiere otros 1.544,64 m2 a Segovia 21, mediante permuta impl&#237;cita en el proyecto de actuaci&#243;n.<br><br>Se establecen unas valoraciones por metro cuadrado construido (m2c):<br>-	Vivienda unifamiliar a 750 &#8364;/m2<br>-	Vivienda plurifamiliar a 800 &#8364;/m2<br>-	Empresarial, Tec  350&#8364;/m2<br>-	Hotelero a 250 &#8364;/m2<br>-	Equipamiento privado a 100 &#8364;/m2<br>-	Conjunto campo de golf: 192.907,85 &#8364; por la cesi&#243;n derechos de uso.<br><br>La aportaci&#243;n dineraria que Segovia 21, S.A. se obliga a pagar al Ayuntamiento por la cesi&#243;n de parte del aprovechamiento es de 4.643.745,35 &#8364;.<br><br>Si multiplicamos los metros cuadrados de edificabilidad por el valor asignado a cada m2 por usos, nos dar&#237;a, una vez descontado el 10 por 100 que corresponde al Ayuntamiento: 96.310.369 &#8364;, que es el valor del aprovechamiento lucrativo que le otorga a su propietario actual, Segovia 21, S.A. el planeamiento aprobado, sin necesidad de mover un solo ladrillo.<br><br>Si comparamos este dato con el precio de venta de la finca de Quitapesares, 16.845.700&#8364;, la diferencia es de unos 80.000.000 &#8364; que obtiene Segovia 21, S.A. con la gesti&#243;n de la modificaci&#243;n puntual.(una proporci&#243;n de 5,7 /1) Esa gesti&#243;n se ha realizado bajo la direcci&#243;n del Sr. Soto, prevali&#233;ndose de sus cargos, tanto en la Diputaci&#243;n Provincial de Segovia, como en Caja Segovia. Adem&#225;s, ha negociado con el Ayuntamiento para obtener la recalificaci&#243;n de los terrenos a cambio de precio: el vial , m&#225;s cesiones de suelo, m&#225;s 1.800.000 &#8364;.<br><br>Pero esta cifra se puede comparar con otras:<br><br>5.- Comparaci&#243;n valores del proyecto de actuaci&#243;n con la peritaci&#243;n realizada por el Sr. Tovar y la Sr&#170; de La Cruz:<br><br>Lo &#250;nico &#250;til de la valoraci&#243;n es la proporci&#243;n existente entre el valor asignado al suelo antes del desarrollo urban&#237;stico (es decir, antes de la aprobaci&#243;n del planeamiento de desarrollo) y el valor despu&#233;s de su aprobaci&#243;n:<br><br>Antes: entre 12,02 y 13,52 &#8364;/m2<br>Despu&#233;s: entre 60,10 y 72,12 &#8364;/m2<br>Es decir, una relaci&#243;n de valor de 5 /5,3 a 1.<br><br>Esta proporci&#243;n es la que venimos argumentando en todas las posibles operaciones para calcular el valor m&#237;nimo de lo defraudado a la Diputaci&#243;n Provincial de Segovia.<br><br>(Tinsa, S.A. en expediente de valoraci&#243;n de acciones de Segovia 21, S.A., informe de 15/11/2005 estima el precio de venta de vivienda en bloque en Segovia, planes parciales A y B en 2.500 &#8364;/m2 en tipolog&#237;a vivienda 100 m2; en el &#225;rea del vel&#243;dromo viviendas de 120 m2 a 3.500&#8364;/m2. folios 78 y 79. En la p&#225;gina 80 1&#186; p&#225;rrafo se&#241;ala que las viviendas de Quitapesares ser&#225;n de alto standing, por lo que estimamos que el precio de venta no ser&#225; inferior a 3.500 &#8364;/m2c)<br><br>El perito Sr. Tovar,  no cumple adecuadamente con su cometido, pues ha olvidado valorar los 90.081,27 m2 de suelo empresarial tecnol&#243;gico (con aprovechamiento de 125.459,05 m2), as&#237; como 6.447 m2 de vivienda unifamiliar (computa s&#243;lo 60.000 m2), los 6.824,52 m2 de suelo hotelero y los 610.41,47 m2 de equipamientos privados.<br><br>Incurre en flagrantes contradicciones, que tiene la siguiente lectura:<br><br>La edificabilidad de vivienda en bloque de 36.000 m2, que valora a 9.736.395,80&#8364;, da un precio por m2 construido de  270,45 &#8364;/m2c., El proyecto de Actuaci&#243;n, sin embargo, lo valora en  800&#8364;/m2c.<br><br>La edificabilidad de vivienda unifamiliar aislada de unos 24.000 m2, que valora a 5.769.716,10 &#8364;, da un precio de 240&#8364;/m2c. El proyecto de actuaci&#243;n lo valora en 750&#8364;/m2c.<br><br>La edificabilidad del terciario comercial de 37.675 m2, que valora en 6.792.939,20, da un precio de 180&#8364;/m2c. El Proyecto de Actuaci&#243;n lo valora en 350&#8364;/m2.<br><br>En cuanto al precio del metro cuadrado del suelo con plan parcial aprobado, de entre 60,10 &#8364;/m2 y 72,12&#8364;/m2, bruto sin urbanizar, nos dar&#237;a un valor total de la finca antes de urbanizar de 1.160.000 m2 x 60,10 hasta 72,12 &#8364; =  69.716.000 &#8364;  hasta 83.659.200&#8364;.<br><br>Es decir, que las cifras dadas por el perito, comparadas entre s&#237;, se contradicen, pues el precio del suelo en bruto sin urbanizar est&#225; entre 69.716.000 &#8364; y 83.659.200 &#8364;, pero la suma de los parciales de suelo de  vivienda en bloque, de suelo de vivienda unifamiliar y de suelo de uso comercial no llegan a 23.000.000 &#8364;, y aunque se le sume lo que ha olvidado incorporar, no pasar&#225; mucho de los 30.000.000&#8364;. Y ello a pesar de que ya tiene en cuenta en esta &#250;ltima parte de la valoraci&#243;n el incremento de los costes de urbanizaci&#243;n.<br><br>La cifra de 83.659.200&#8364;, sin embargo y sorprendentemente, es similar a la prevista en el proyecto de actuaci&#243;n.<br><br>Es decir, la aprobaci&#243;n de la modificaci&#243;n del planeamiento urban&#237;stico ha quintuplicado el valor de la finca. Y lo ha hecho cuando la Diputaci&#243;n ya hab&#237;a vendido la finca a Segovia 21, S.A, quien se ha quedado con las plusval&#237;as generadas por el planeamiento, en perjuicio de la propia Diputaci&#243;n, siendo as&#237; que el Sr. Soto es quien ha decidido que ocurriera de esta manera, pues pudiendo haber aportado la finca a Segovia 21, S.A. despu&#233;s de la recalificaci&#243;n, ha preferido entregar su plusval&#237;a a los socios: Caja Segovia y C&#225;mara de Comercio, para, adem&#225;s,  a tr